Orden AAA/1787/2013, de 1 de octubre, por la que se modifica el plazo de comunicación de cesiones de derechos de ayuda, previsto en el artículo 29.2 del Real Decreto 1680/2009, de 13 de noviembre, sobre la aplicación del régimen de pago único en la agricultura y la integración de determinadas ayudas agrícolas en el mismo a partir del año 2010.

Fecha de Entrada en Vigor 4 de Octubre de 2013
MarginalBOE-A-2013-10301
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente
Rango de LeyOrden

El artículo 29.2 del Real Decreto 1680/2009, de 13 de noviembre, sobre la aplicación del régimen de pago único en la agricultura y la integración de determinadas ayudas agrícolas en el mismo a partir del año 2010, establece la fecha de inicio para la notificación a la Administración de cualquier cesión de derechos de ayuda, que comenzará el 1 de noviembre. A su vez, dichas notificaciones finalizarán seis semanas antes del cierre del plazo para presentar la solicitud única de dicha campaña, con la excepción de las cesiones por cambio de titularidad, cuyo plazo finalizará antes de la fecha límite de presentación de dicha solicitud única.

El establecimiento de dichos plazos se realizó con la finalidad de separar en el tiempo la presentación de las solicitudes de ayuda de cada campaña y la comunicación de las cesiones de derechos, al objeto de facilitar los trámites administrativos y de ampliar el plazo para comunicar este tipo de cesiones.

Una vez finalizada la campaña 2014, la política agraria común se va a ver sometida a cambios importantes derivados de la aprobación de la nueva reforma, que será de aplicación desde el 2015 hasta el 2020.

La campaña 2014, sin embargo, será un año de transición. La normativa básica actual seguirá vigente aunque tenga que ser modificada en algunos aspectos para recoger los ajustes derivados de los cambios que está previsto sean incluidos en la normativa comunitaria en los próximos meses.

En cualquier caso, el nuevo Marco Financiero Plurianual, por el que se establece el nuevo presupuesto de aplicación en el año 2014, y que será aprobado en los próximos meses, supondrá una modificación del valor de los derechos de pago único en dicha campaña, por lo que será necesario realizar, si procede, los ajustes derivados de la aplicación del nuevo presupuesto en 2014 en el valor de los derechos de pago único, una vez se publique la normativa comunitaria al efecto.

Por este motivo, en la campaña 2014 se considera necesario sincronizar los calendarios de comunicación de cesiones de derechos de pago único con el de presentación de la solicitud única, con objeto...

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