SAP Santa Cruz de Tenerife 496/2007, 9 de Noviembre de 2007

PonenteCONCEPCION MACARENA GONZALEZ DELGADO
ECLIES:APTF:2007:2560
Número de Recurso553/2007
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución496/2007
Fecha de Resolución 9 de Noviembre de 2007
EmisorAudiencia Provincial - Santa Cruz de Tenerife, Sección 3ª

SENTENCIA NÚM. 496/2007

Iltmos. Sres.

Presidente (por sustitución):

Dª. Macarena González Delgado (Ponente) Magistrados:

Dª. Carmen Padilla Márquez Dª. María Luisa Santos Sánchez

En Santa Cruz de Tenerife, a nueve de noviembre de dos mil siete.

Visto por los Ilmos. Sres. Magistrados arriba expresados, en grado de apelación, el recurso interpuesto por la parte demandante, contra la Sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia núm. 2 del Puerto de la Cruz, en autos de Juicio Verbal Civil nº 76/2006, seguidos a instancias del Procurador D. Juan Pedro González Martín bajo la dirección del Letrado D. Benigno Ramos Gutiérrez en nombre y representación de Dolores, en calidad de tutora de Dª. Cecilia, contra D. Juan Alberto y Dª. Yolanda, representados por la Procuradora Dª. María Dolores Martín Camacho, bajo la dirección de la Letrado Dª. Sofía López Hernandez; han pronunciado, en nombre de S.M. el Rey, la presente Sentencia, siendo Ponente la Ilma. Sra. Dª. Macarena González Delgado, Magistrado de esta Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife, con base en los siguientes,

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

En los autos y por el referido Juzgado se dictó Sentencia de fecha cinco de abril de dos mil seis, cuya parte dispositiva, -literalmente copiada-, dice así: "Que debo desestimar y desestimo la demanda interpuesta por Dª. Dolores como tutoraq de Dª. Cecilia representada por el Procurador D. Juan Pedro González Martín contra D. Juan Alberto y D. Yolanda representados por la Procuradora Dª. María Dolores Martín Camacho respecto de la acción de desahucio por precario del inmueble sito Edificio El Risco apartamento número 205, carretera General del Botánico número 8 de esta ciudad, con imposición de costas a la parte actora.".

SEGUNDO

Notificada la sentencia a las partes en legal forma, se interpuso recurso de apelación por la representación de la parte demandante; tramitándose conforme a lo previsto en los artículos 457 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil, presentando escrito de oposición la parte contraria, y remitiéndose con posterioridad los autos a esta Audiencia Provincial, con emplazamiento de las partes por término de treinta días.

TERCERO

Que recibidos los autos en esta Sección Tercera se acordó formar el correspondiente Rollo, y se designó como Ponente a la Ilma. Sra. Magistrado Dª. Macarena González Delgado; personándose oportunamente la parte apelante por medio del Procurador D. José Munguía Santana, bajo la dirección del Letrado D. Benigno Ramos Gutiérrez, la parte apelada se personó por medio de la Procuradora Dª. Renata Martín Vedder, bajo la dirección de la Letrado Dª. Sofía López Hernández; quedando las actuaciones a disposición de la Ponente para resolver sobre la prueba propuesta por la parte apelante, que le fué denegada, señalándose para votación y fallo el día cinco de noviembre del corriente año.

CUARTO

En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales que le rigen.

FUNDAMENTOS JURIDICOS
PRIMERO

Contra la sentencia que estima la demanda se alza el recurso de la actora alegando error en la valoración de la prueba, recurso al que se opone la demandada pidiendo la confirmación de la sentencia.

Tal y como consta de lo actuado, la actora ha sido declarada incapaz, actuando en su nombre la tutora nombrada al efecto, quien insta demanda pidiendo que se declare que los demandados ocupan la vivienda de la que es usufructuaria sin título ni derecho alguno, y que sean desalojados de la misma. Los demandados por su parte alegan la existencia de un contrato de arrendamiento de vivienda desde el año 1991...

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