DECRETO 329/2011, de 6 de octubre, del Gobierno de Aragón, por el que se cesan y nombran miembros de la Junta de Reclamaciones Económico-Administrativas de la Comunidad Autónoma de Aragón.

SecciónII. Autoridades y Personal
Rango de LeyDecreto

La Ley 1/1998, de 16 de febrero, de Revisión administrativa en materia de Tributos propios y otros Recursos de Derecho público de la Comunidad Autónoma de Aragón creó la Junta de Reclamaciones Económico-Administrativas de la Comunidad Autónoma de Aragón. A este órgano la Ley le atribuye el conocimiento y resolución de las reclamaciones económico-administrativas y del recurso extraordinario de revisión, promovidos contra los actos de gestión, liquidación, recaudación, inspección e imposición de sanciones tributarias, relativos a los impuestos propios, tasas, contribuciones especiales, precios públicos y, en general, a la recaudación de todos los ingresos de Derecho público de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón y de sus Organismos Públicos.

La citada Ley, en su artículo 29, dispone que la Junta de Reclamaciones Económico-Administrativas de la Comunidad Autónoma de Aragón estará compuesta por un Presidente, dos Vocales y un Secretario, todos ellos con voz y voto. El nombramiento de los citados miembros se realizará mediante Decreto del Gobierno de Aragón y, salvo en el caso del Presidente, los nombramientos deberán recaer en funcionarios del Grupo A de acuerdo con los requisitos que se establecen en la Ley 1/1998.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Hacienda y Administración Pública, y previa deliberación del Gobierno de Aragón, en su reunión del día 6 de octubre de 2011,

Primero.--Cesar a D.ª Gema Gareta Navarro como Presidenta de la Junta de Reclamaciones Económico-Administrativas de la Comunidad Autónoma de Aragón, agradeciéndole los servicios prestados.

Segundo.--Cesar a D. Carlos Corral Martínez como Vocal de la Junta de Reclamaciones...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR