RESOLUCIÓN de 21 de noviembre de 2000, de la Dirección General del Tesoro y Política Financiera, sobre el procedimiento de tramitación de solicitud de certificados electrónicos en las dependencias de la Caja General de Depósitos y sus sucursales, y su revocación.

Fecha de Entrada en Vigor13 de Diciembre de 2000
MarginalBOE-A-2000-22388
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Economia
Rango de LeyResolución
BOE núm. 297 Martes 12 diciembre 2000 43371
Concurriendo «Santander de Pensiones, Sociedad Anónima», Entidad
Gestora de Fondos de Pensiones (G0080) como gestora y «Banco Santander
Central Hispano, Sociedad Anónima» (D0001), como depositaria, se cons-
tituyó, en fecha 21 de septiembre de 2000 el citado fondo de pensiones,
constando debidamente inscrito en el Registro Mercantil de Madrid.
La entidad promotora, arriba indicada, ha solicitado la inscripción
del fondo en el Registro Especial de este centro directivo, aportando la
documentación establecida al efecto en el artículo 3.
o
1, de la Orden de
7 de noviembre de 1988 («Boletín Oficial del Estado» de 10 de noviembre).
Considerando cumplimentados los requisitos establecidos en la citada
Ley y normas que la desarrollan, esta Dirección General acuerda:
Proceder a la inscripción de Santander XXIV, Fondo de Pensiones,
en el Registro de Fondos de Pensiones establecido en el artículo 46.1, a),
del Reglamento de Planes y Fondos de Pensiones de 30 de septiembre
de 1988 («Boletín Oficial del Estado» de 2 de noviembre).
Madrid, 27 de noviembre de 2000.—La Directora general, María Pilar
González de Frutos.
22384 RESOLUCIÓN de 27 de noviembre de 2000, de la Dirección
General de Seguros y Fondos de Pensiones, por la que se
inscribe en el Registro de Fondos de Pensiones a Santan-
der XXVI, Fondo de Pensiones.
Por Resolución de 30 de junio de 2000, de esta Dirección General,
se concedió la autorización administrativa previa para la constitución de
Santander XXVI, Fondo de Pensiones, promovido por «Banco Santander
Central Hispano, Sociedad Anónima», al amparo de lo previsto en el artícu-
lo 11.3 de la Ley 8/1987, de 8 de junio, de Regulación de los Planes y
Fondos de Pensiones («Boletín Oficial del Estado» de 9 de junio).
Concurriendo «Santander de Pensiones, Sociedad Anónima», Entidad
Gestora de Fondos de Pensiones (G0080) como gestora y «Banco Santander
Central Hispano, Sociedad Anónima» (D0001), como depositaria, se cons-
tituyó, en fecha 21 de septiembre de 2000 el citado fondo de pensiones,
constando debidamente inscrito en el Registro Mercantil de Madrid.
La entidad promotora, arriba indicada, ha solicitado la inscripción del
fondo en el Registro Especial de este centro directivo, aportando la docu-
mentación establecida al efecto en el artículo 3.
o
1, de la Orden de 7 de
noviembre de 1988 («Boletín Oficial del Estado» de 10 de noviembre).
Considerando cumplimentados los requisitos establecidos en la citada
Ley y normas que la desarrollan, esta Dirección General acuerda:
Proceder a la inscripción de Santander XXVI, Fondo de Pensiones,
en el Registro de Fondos de Pensiones establecido en el artículo 46.1, a),
del Reglamento de Planes y Fondos de Pensiones de 30 de septiembre
de 1988 («Boletín Oficial del Estado» de 2 de noviembre).
Madrid, 27 de noviembre de 2000.—La Directora general, María Pilar
González de Frutos.
22385 RESOLUCIÓN de 23 de noviembre de 2000, de la Dirección
General de Seguros y Fondos de Pensiones, por la que se
autoriza la sustitución de la entidad depositaria del Fondo
de Pensiones de Empleados de la Caja de Ahorros de Jerez,
Fondo de Pensiones.
Por Resolución de 24 de octubre de 1990, se procedió a la inscripción
en el Registro Administrativo de Fondos de Pensiones establecido en el
artículo 46 del Reglamento de Planes y Fondos de Pensiones, aprobado
de Empleados de la Caja de Ahorros de Jerez, Fondo de Pensiones (F0227),
figurando como entidad gestora, «Gesinca Pensiones, Sociedad Anónima,
Entidad Gestora de Fondos de Pensiones (G0069), y Caja de Ahorros San
Fernando de Sevilla y Jerez (D0086), como entidad depositaria.
La Comisión de Control del expresado fondo, ha acordado designar
como nueva entidad gestora a Caja de Seguros Reunidos, Compañía de
Seguros y Reaseguros, Sociedad Anónima» CASER (G0071) y cambiar la
denominación del fondo por la de Fondo de Pensiones de Empleados de
Caja San Fernando de Sevilla y Jerez, Fondo de Pensiones.
En aplicación de lo previsto en la vigente legislación de planes y fondos
de pensiones y conforme al artículo 8.
o
de la Orden de 7 de noviembre
de 1988 («Boletín Oficial del Estado» del 10 de noviembre), esta Dirección
General de Seguros y Fondos de Pensiones acuerda autorizar dicha sus-
titución y el indicado cambio de denominación.
Madrid, 23 de noviembre de 2000.—La Directora general, María Pilar
González de Frutos.
22386 RESOLUCIÓN de 27 de noviembre de 2000, de la Dirección
General de Seguros y Fondos de Pensiones, por la que se
deja sin efecto la de 22 de diciembre de 1999 y se autoriza
el cambio de denominación del Fondo BBV Dos, Fondo de
Pensiones.
Por Resolución de esta Dirección General de Seguros y Fondos de Pen-
siones, de fecha 22 de diciembre de 1999, se autorizó la sustitución de
la entidad depositaria Fondo BBV Dos, Fondo de Pensiones (F0256), por
«Banco del Comercio, Sociedad Anónima», así como el de su cambio de
denominación por la de Bancomercio Dos, Fondo de Pensiones.
La Comisión de Control del expresado fondo de pensiones, con fecha
21 de junio de 2000, acordó solicitar que se deje sin efecto la anterior
Resolución y cambiar la denominación del indicado fondo por la de BBVA
Dos, Fondo de Pensiones.
Teniendo en cuenta que no se llevó a efecto la elevación a público
del acuerdo de sustitución y cambio de denominación autorizadas por
la referida Resolución de fecha 22 de diciembre de 1999 y que el men-
cionado «Banco del Comercio, Sociedad Anónima», ha sido disuelto,
Esta Dirección General acuerda:
1.
o
Dejar sin efecto la repetida Resolución de fecha 22 de diciembre
de 1999.
2.
o
Autorizar la modificación de las normas de funcionamiento del
aludido fondo en el sentido de cambiar su denominación por la de BBVA
Dos, Fondo de Pensiones.
Madrid, 27 de noviembre de 2000.—La Directora general, María Pilar
González de Frutos.
22387 RESOLUCIÓN de 27 de noviembre de 2000, de la Dirección
General de Seguros y Fondos de Pensiones, por la que se
autoriza la sustitución de la entidad gestora del fondo Hipo-
tecario Pensión, Fondo de Pensiones.
Por Resolución de 15 de diciembre de 1988, se procedió a la inscripción
en el Registro Administrativo de Fondos de Pensiones establecido en el
artículo 46 del Reglamento de Planes y Fondos de Pensiones, aprobado
Pensión, Fondo de Pensiones (F0028), figurando como entidad gestora,
Argentaria Gestión de Pensiones, Entidad Gestora de Fondos de Pensiones
(G0081) y «Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, Sociedad anónima» (D0025),
como entidad depositaria.
La Comisión de Control del expresado fondo, con fecha 20 de sep-
tiembre de 2000, acordó designar como nueva entidad gestora a BBVA
Pensiones, entidad Gestora de Fondos de Pensiones (G0082).
En aplicación de lo previsto en la vigente legislación de planes y fondos
de pensiones y conforme al artículo 8 de la Orden de 7 de noviembre
de 1988 («Boletín Oficial del Estado» del 10 de noviembre), esta Dirección
General de Seguros y Fondos de Pensiones acuerda autorizar dicha sus-
titución.
Madrid, 27 de noviembre de 2000.—La Directora general, María Pilar
González de Frutos.
22388 RESOLUCIÓN de 21 de noviembre de 2000, de la Dirección
General del Tesoro y Política Financiera, sobre el proce-
dimiento de tramitación de solicitud de certificados elec-
trónicos en las dependencias de la Caja General de Depó-
sitos y sus sucursales, y su revocación.
La presente Resolución se enmarca en el contexto del acercamiento
de la Administración pública al ciudadano a través de Internet como medio
para facilitar y agilizar establecimiento de intercambios electrónicos entre
ambos, y aumentar la flexibilidad temporal y espacial del marco en que
los mismos tienen lugar. La Dirección General del Tesoro y Política Finan-
ciera, consciente de las innumerables ventajas que este medio puede apor-

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