Orden APA/847/2005, de 30 de marzo, por la que se modifica la Orden de 17 de marzo de 1988, por la que se actualizan y regulan los certámenes de ganado de raza pura, de carácter nacional e internacional y se fijan los estímulos a la participación en los mismos.
Fecha de Entrada en Vigor | 6 de Abril de 2005 |
Marginal | BOE-A-2005-5473 |
Sección | III - Otras Disposiciones |
Emisor | Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentacion |
Rango de Ley | Orden |
ORDEN APA/847/2005, de 30 de marzo, por la que se modifica la Orden de 17 de marzo de 1988, por la que se actualizan y regulan los certámenes de ganado de raza pura, de carácter nacional e internacional y se fijan los estímulos a la participación enlos mismos.
Los certámenes de ganado de raza pura constituyen una herramienta fundamental para la mejora de la cabaña ganadera española, regulándose las subvenciones a los mismos mediante la Orden del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación de 17 de marzo de 1988, por la que se actualizan y regulan los certámenes de ganado de raza pura de carácter nacional e internacional y se fijan los estímulos a la participación en los mismos.
En estos momentos es preciso modificar con urgencia dicha Orden, para adecuar su contenido a la reciente normativa en materia de subvenciones y a su gestión por las Comunidades Autónomas.
En la elaboración de esta disposición han sido consultadas las Comunidades Autónomas y las entidades representativas de los sectores afectados.
En su virtud, dispongo:
La Orden de 17 de marzo de 1988, por la que se actualizan y regulan los certámenes ganaderos de raza pura, de carácter nacional e internacional y se fijan los estímulos a la participación en los mismos, queda modificada como sigue:
Uno. Los apartados 2 y 3 del epígrafe tercero se sustituyen por los siguientes:
'2. El calendario de certámenes será aprobado mediante resolución de la Dirección General de Ganadería del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, que será publicada a través de la página web de dicho Ministerio.
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Presentación de solicitudes de participación en el certamen: los ganaderos que deseen presentar sus animales a las subastas nacionales o concursos-subastas de carácter nacional, habrán de solicitarlo ante la entidad organizadora del certamen, directamente o a través de la organización o asociación de criadores de ganado selecto de la raza oficialmente reconocida. En el caso de exposiciones nacionales o internacionales, dada la posibilidad de concurrir varias especies y razas, la inscripción para la participación, se formulará ante la Entidad organizadora de la misma.'
Dos.Se suprime el apartado 3 del epígrafe cuarto.
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