Decreto 23/2004, de 11 de marzo, por el que se crean Centros Docentes Públicos para el curso escolar 2004/2005.

Sección1 - Disposiciones Generales
Rango de LeyDecreto

El Real Decreto 2.671/1998, de 11 de diciembre (BOC de 20 de enero), sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de Cantabria en materia de Enseñanza no Universitaria, transfiere a la Comunidad Autónoma las funciones relativas a la creación, clasificación, traslado, clausura, régimen jurídico, económico y administrativo de las unidades, secciones y centros docentes no universitarios.

El órgano competente para la creación de Centros Públicos es el Consejo de Gobierno de conformidad con el artículo 17 de la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación, así como, en el artículo 2 del RD 82/1996, de 26 de enero, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de las Escuelas de Educación Infantil y Colegios de Educación Primaria.

Por todo ello, a propuesta de la consejera de Educación, previa deliberación del Consejo de Gobierno de Cantabria del día 11 de marzo de 2004,

DISPONGO

Artículo único Se crea el siguiente centro docente público:
  1. Una Escuela de Educación Infantil en Ajo (Bareyo) - Cod. 39018691.

DISPOSICIONES FINALES

Primera.- Se autoriza a la Consejería de Educación para dictar cuantas disposiciones sean necesarias para la ejecución y desarrollo de lo establecido en el presente Decreto, así como para regular cuantas cuestiones se deriven de su aplicación.

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