ORDEN de 14 de junio de 1990 de la Consejería de Economía y Hacienda, por la que se hace público el Acuerdo suscrito el día 6 de abril de 1990 entre la Junta de Castilla y León y las Centrales Sindicales Unión General de Trabajadores (U.G.T.) y Comisiones Obreras (CC.00.).

SecciónII - Disposiciones Generales
EmisorConsejeria de Economia y Hacienda
Rango de LeyOrden

Fecha del Boletín: 18-06-1990 Nº Boletín: 116 / 1990

ORDEN de 14 de junio de 1990 de la Consejería de Economía y Hacienda, por la que se hace público el Acuerdo suscrito el día 6 de abril de 1990 entre la Junta de Castilla y León y las Centrales Sindicales Unión General de Trabajadores (U.G.T.) y Comisiones Obreras (CC.00.).

Fruto del diálogo social habido entre representantes de la Administración de la Comunidad Autónoma y de las Organizaciones Sindicales U.G.T. y CC.00., el día 6 de abril de 1990 se ha suscrito un Acuerdo entre la Junta de Castilla y León y las mencionadas Centrales Sindicales cuya publicación en el «Boletín Oficial de Castilla y León» es acordada, a propuesta de la Consejería de Economía y Hacienda, por la Junta de Castilla y León en su reunión del día 17 de mayo de 1990.

Consecuentemente, para dar cumplimiento al Acuerdo de la Junta de Castilla y León anteriormente citado esta Consejería,

DISPONE:

Artículo único Se hace público el Acuerdo suscrito el día 6 de abril de 1990 entre la Junta de Castilla y León y las Centrales Sindicales U.G.T. y CC.00. cuyo tenor literal figura en el Anexo de la presente Orden.

Valladolid, 14 de junio de 1990.

El Consejero,

Fdo.: MIGUEL PEREZ VILLAR

ANEXO

En la ciudad de Valladolid a 6 de abril de 1990. en la sede de Presidencia de la Junta de Castilla y León.

REUNIDOS

El Excmo. Sr. Don Jesús Posada Moreno. Presidente de la Junta de Castilla y León,

  1. Alfonso Maroto San Sebastián, Secretario Regional de la Unión General de Trabajadores, y D. Javier Fernández González, Secretario Regional de Comisiones Obreras.

    Las partes se reconocen la capacidad suficiente para suscribir el presente documento y conscientes de las obligaciones que asumen en el ámbito de sus respectivas responsabilidades frente al conjunto de la Sociedad Castellano-Leonesa, han venido a coincidir en la necesidad de establecer un cuadro para facilitar la consecución de aquellos objetivos de progreso social dentro del marco del diálogo social y como resultado del proceso de concertación establecen los siguientes acuerdos:

  2. PROMOCION DEL EMPLEO

    El presente documento trata de definir las materias o los elementos que constituyen las bases para la consecución de acuerdos concretos entre la Comunidad Autónoma de Castilla y León y las Centrales Sindicales firmantes en lo concerniente a las medidas a adoptar para la promoción de empleo en la región.

    En este orden de cosas, los acuerdos adoptados son los siguientes:

    1. Financiación y Subvención:

      - Aumento progresivo a lo largo del período de vigencia del P.D.R. de los fondos dedicados a actividades generadoras de empleo.

      Revisión del capitulo de inversiones y transferencias de los fondos destinados a promoción de empleo y a formación.

      Distribución de la dotación presupuestaria prevista especificamente en:

      Fondos para créditos blandos.

      Fondos para inversiones.

      Fondos para la promoción de empleo.

      La Junta, sin perjuicio de los avales que otorgue en casos excepcionales, reforzará la capacidad operativa de las Sociedades de Garantia Recíproca en orden a fomentar su utilización.

    2. Planes específicos: Las líneas fundamentales de actuación para fomentar la creación de empleo se basan en facilitar ayudas directas o indirectas que favorezcan la constitución de nuevas empresas, la expansión de las ya existentes y consiguientemente la creación de empleo.

      En esta dirección se delimita los siguientes ejes de actuación:

    3. 1. Apoyo a colectivos específicos, con especial dificultad de empleo: a) Apoyar financieramente los proyectos en régimen de economia social mediante asesoramiento de planes de viabilidad, financiación, formación y gerencia, a efectos de consolidar la actividad.

      Apoyar las iniciativas de economia social dando prioridad a aquellas en función de los puestos de trabajos generados y de su interés social en la Comunidad.

      Promover la formación general a los nuevos empresarios.

      Impulsar y apoyar las iniciativas de autoempleo, posibilitando la orientación asi como la viabilidad de los proyectos. Apoyo decidido a aquellas iniciativas que favorezcan la incorporación de la mujer a la actividad laboral, especialmente en aquellos sectores en los que tenga una menor participación.

      1. Asi mismo, apoyo a proyectos que incorporen a trabajadores con especiales dificultades de contratación: mayores de 45 años, desempleados de larga duración, mujeres, jóvenes...

        - Formación profesional ocupacional a demandantes de primer empleo, posibilitando la experiencia debida.

        - Posibilitar los intercambios y becas, incluso en el extranjero que permitan la preparación suficiente, y la experiencia adecuada de los jóvenes de formación profesional con especial atención al medio rural, a fin de posibilitarles el acceso a las nuevas tecnologias.

        - Incentivacion a las contrataciones para parados de larga duracion.

        - Incentivación a las contrataciones que transformen los contratos temporales en contratos de duración indefinida.

        - Seguimiento por los sindicatos representativos en la Comunidad de los contratos formalizados mediante subvenciones al empleo gestionadas por la Comunidad Autónoma.

        La Administración informará a los sindicatos con representación en la misma de las contrataciones de empleo que realice.,

      2. Priorizar la ubicación de las empresas en el sistema productivo, o tratándose del sector servicios, la especial significación de la actividad.

      3. En los contratos subvencionados en cualquiera de sus formas o modalidades por la Comunidad Autónoma se incentivarán prioritariamente las de carácter indefinido.

      4. Apoyo así mismo, al desarrollo de iniciativas en favor de las zonas con mayor nivel de desempleo.

        Para el estudio de los proyectos, concesión, tramitación y abono de las ayudas o subvenciones se agilizará al máximo el procedimiento, controlándolo la administración, y ejerciendo, las partes firmantes, una evaluación y seguimiento periódico del mismo.

        Por último, se dotará de apoyo económico y técnico a todos los proyectos que lo requieran, tanto para estudios de viabilidad, como para la materialización de los propios proyectos, durante el primer periodo de vida de los mismos.

        2.2. Mejora y creación de Empresas: Se posibilitará a los firmantes de la adecuada información sobre iniciativas de este tipo a fin de participar en la formulación de propuestas y alternativas que las hagan viables, de acuerdo con los criterios básicos mantenidos en este documento.

        2.3. Fomento de inversiones y modernización de las Empresas:

      5. Potenciación de la red de infraestructura y servicios que haga posible la captación y llegada a nuestra Comunidad de inversiones y empresas tanto nacionales como extranjeras.

      6. Especial atención a la implantación de nuevas tecnologias y a los procesos de renovación de las ya existentes.

      7. Proyectos concretos con participación activa de los agentes sociales.

        2.4. Modernización y comercial: Ante la actual reconversión y transformación de este sector, impulsar programas que mejoren las estructuras comerciales.

        2.5. Asesoramiento y apoyo a las PYMES: Difusión de toda la información sobre ayudas de cualquier ámbito de las AA.PP. de forma que resulten conocidas y transparentes para cualquier usuario potencial de las mismas.

        2.6. Iniciativas locales: Fomentar las iniciativas locales de empleo, coordinando las opciones de las diferentes AA.PP.. sobre un mismo territorio, de tal forma que las mismas se potencien. Esta coordinación se realizará contando con los agentes sociales firmantes.

        2.7. Economía sumergida: Interesa a las partes firmantes el mejor conocimiento de la Economía Sumergida, en esta Comunidad, tanto por sectores como por territorios, por lo que se abordarán las acciones que permitan avanzar en su afloramiento mediante los necesarios estudios e información. Todo ello en la perspectiva no solo coercitiva sino de apoyo al abandono de situaciones precarias.

  3. FORMACION OCUPACIONAL

    Las transformaciones de la sociedad moderna, que se manifiesta de forma más acusada en nuestro pais, señalan la necesidad de introducir modificaciones en los objetivos, estructuras y funcionamiento de los sistemas de formación ocupacional así como la conveniencia de incrementar los esfuerzos encaminados a proporcionar una formación, preparación y recualificación profesional en el contexto actual.

    La Junta de Castilla y León y las Centrales Sindicales UGT y CC.00. coinciden en valorar la relevancia de la Formación Ocupacional tanto para los trabajadores como para el desarrollo social y económico de nuestra región.

    Las partes firmantes son conscientes de la necesidad de conjugar la politica de Formación Ocupacional con las politicas de empleo e inversión para conseguir una verdadera eficacia a la hora de abordar y solucionar los actuales desajustes del mercado de trabajo. El continuo cambio tecnológico y la complejidad creciente de los procesos productivos requieren una interrelación creciente entre las empresas y el sistema formativo que no puede llevarse a cabo eficazmente sin el concurso decidido de las Instituciones Públicas.

    Esta interrelación debe proveer una fuerza de trabajo cualificada, polivalente y fácilmente adaptable a las nuevas tareas, lo que requiere una formación profesional de amplia y sólida base.

    Sobre esta coincidencia de intereses la Junta de Castilla y León dando respuesta a las aspiraciones de las Centrales Sindicales firmantes del presente acuerdo configurará un amplio conjunto de actuaciones formativas en base a programas públicos y de iricentivos a las empresas dirigidos primordialmente a los colectivos de trabajadores más desfavorecidos y que permitan la consecución de los siguientes:

    Objetivos:

    - Mejorar la formación ocupacional para el empleo de trabajadores inadecuadamente cualificados.

    - Facilitar la Formación Ocupacional...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR