DECRETO 333/2013, de 22 de abril, por el que se reconoce como de utilidad pública a la Asociación de Celíacos de Euskadi-Euskadiko Zeliakoen Elkartea, EZE.

Sección1 - Disposiciones Normativas
EmisorDepartamento de Salud
Rango de LeyDecreto

El artículo 42, de la Ley 7/2007, de 22 de junio, de Asociaciones de Euskadi, establece que podrán ser reconocidas como de utilidad pública, las asociaciones inscritas en el Registro General de Asociaciones del País Vasco, que contribuyan mediante el desarrollo de sus actividades, a la consecución del interés general o del bien común realizando de manera significativa los valores de generosidad, altruismo, solidaridad y pluralismo.

A su amparo, la Asociación de Celíacos de Euskadi-Euskadiko Zeliakoen Elkartea, EZE, ha solicitado la declaración mencionada, por entender que las actividades que desarrolla en el ámbito de la exclusión social la hacen merecedora del reconocimiento como entidad de utilidad pública.

La Asociación solicitante es una entidad constituida en el año 1982 e inscrita en virtud de la Resolución del Ministerio del Interior, de 6 de julio de 1982.

Figura inscrita en el Registro General de Asociaciones del País Vasco con el número de registro AS.R.P.B. 01533.

El ámbito territorial en el que desarrolla sus funciones principalmente comprende la Comunidad Autónoma del País Vasco.

Desde su constitución, la Asociación de Celíacos de Euskadi-Euskadiko Zeliakoen Elkartea, EZE, realiza todas las actividades precisas para la consecución de su fin principal que es el agrupamiento con carácter voluntario a los celiacos y afectados de otro tipo de enfermedad, cuyo tratamiento incluya una dieta alimentaria exenta de gluten, a fin de tratar las soluciones más idóneas a los problemas que se deriven directamente de tales afecciones.

Todas las actividades que realiza son ampliamente reconocidas por la sociedad como de interés general.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 45.2, de la citada Ley 7/2007, de 22 de junio, la declaración de utilidad pública se realizará mediante Decreto acordado en Consejo de Gobierno, a propuesta de los Departamentos que corresponda en función de la materia y, en todo caso, del departamento competente en materia de justicia, el cual tramitará el procedimiento y dirimirá cuantas cuestiones pudieran surgir en él. En cumplimiento de dicho...

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