SAP Baleares 3/2008, 9 de Enero de 2008

PonenteCATALINA MARIA MORAGUES VIDAL
ECLIES:APIB:2008:15
Número de Recurso508/2007
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución3/2008
Fecha de Resolución 9 de Enero de 2008
EmisorAudiencia Provincial - Baleares, Sección 3ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 3

PALMA DE MALLORCA

SENTENCIA: 00003/2008

Rollo: RECURSO DE APELACION 0000508 /2007

S E N T E N C I A Nº 3

ILMOS. SRES.

PRESIDENTE:

D. CARLOS GOMEZ MARTINEZ

MAGISTRADOS:

D. GUILLERMO ROSSELLO LLANERAS

Dª CATALINA MORAGUES VIDAL

En PALMA DE MALLORCA, a nueve de Enero de dos mil ocho.

VISTOS por la Sección Tercera de esta Audiencia Provincial, en grado de apelación, los presentes autos de juicio VERBAL, seguidos ante el Juzgado de Primera Instancia número 4 de Ibiza, bajo el número 29/2007, ROLLO de SALA número 508/2007, entre partes, de una como demandada apelante Tomás representado por el Procurador Sr. Castro y asistido del Letrado Sr. Torres, de otra, como actor apelado D. Lorenzo, no comparecido en esta alzada.

ES PONENTE la Magistrada Ilma Sra. Dª CATALINA MORAGUES VIDAL.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Ilmo. Sr. Magistrado Juez del Juzgado de Primera Instancia número 4 de Ibiza, se dictó sentencia en fecha 3 de Julio 2007, cuyo Fallo es del tenor literal siguiente: "Estimando como estimo la demanda interpuesta por don Lorenzo, representado por la procurador de los Tribunales doña Ana López, asistido del Letrado Don Ivan Varela, debo condenar y condeno a Don Tomás representado por la procuradora de los Tribunales doña Susana Navarro y asistido del letrado don Juan José Torres Cantalapiedra, a que abone al actor la cantidad de 1.055,59 euros, mas el interés legal desde la fecha de la interposición de la demanda hasta su completo pago, así como al abono de las costas procesales causadas en este procedimiento.".

SEGUNDO

Contra la expresada sentencia, y por la representación de la parte demandada, se interpuso recurso de apelación, que fue admitido y seguido el recurso por sus trámites se señaló para el día de hoy la deliberación, votación y fallo, quedando el recurso concluso para sentencia.

TERCERO

En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS JURIDICOS
PRIMERO

La sentencia que concluye la primera instancia resuelve estimar en su integridad la demanda interpuesta por don Lorenzo contra don Tomás, condenando al citado demandado a abonar la suma de 1.055,59 euros, en concepto de indemnización por las lesiones causadas por el perro del Sr. Tomás, con expresa imposición de las costas procesales causadas. Se alza contra la meritada resolución la parte demandada que solicita, de este Tribunal su revocación y el dictado de otra, en su lugar, por la que se le absuelva de las pretensiones deducidas en su contra, esgrimiendo en fundamento de tal pretensión las siguientes alegaciones: a) el perro es propiedad de su mujer; b) no se ha acreditado la relación de causalidad entre el acto del perro y las lesiones; c) la sentencia penal recaída en el juicio de faltas no tiene efectos civiles al no ejercitarse dicha acción indemnizatoria en el procedimiento.

La parte actora hoy apelada se opone al recurso interpuesto de adverso y solicita la plena confirmación de la sentencia apelada.

SEGUNDO

El recurso no puede prosperar por las siguientes razones:

  1. ) El artículo 1905 declara la responsabilidad objetiva del poseedor de un animal o el que se sirve de él por los daños causados por estos, sin más causa de exoneración que la fuerza mayor o culpa exclusiva...

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