Orden PRE/2790/2007, de 21 de septiembre, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso como personal laboral fijo del Boletín Oficial del Estado, con las categorías de Técnico Artes Gráficas y Oficial Primero de Oficios Propios de Prensa.

MarginalBOE-A-2007-17025
SecciónII - Autoridades y Personal
EmisorMinisterio de la Presidencia
Rango de LeyOrden

En cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto 120/2007, de 2 de febrero, por el que se aprueba la oferta de empleo público para el año 2007, y con el fin de atender las necesidades de personal del Boletín Oficial del Estado,

Este Departamento, en uso de las competencias que le están atribuidas en el artículo 13 de la Ley 6/1997 de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, previo informe favorable de la Dirección General de la Función Pública, acuerda convocar proceso selectivo para ingreso como personal laboral fijo del Boletín Oficial del Estado, con las categorías de Técnico de Artes Gráficas y Oficial Primero de Oficios Propios de Prensa.

La presente convocatoria tiene en cuenta el principio de igualdad de trato entre hombres y mujeres por lo que se refiere al acceso al empleo, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española y la Ley 3/2007 de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, y se desarrollará de acuerdo con las siguientes:

Bases de convocatoria

  1. Normas generales

    1.1 Se convoca proceso selectivo para cubrir seis plazas con las siguientes categorías y especialidades: Dos plazas de Técnico de Artes Gráficas (Preimpresión), Una plaza de Oficial Primero de Oficios Propios de Prensa (Montaje-Corrección), Una plaza de Oficial Primero de Oficios Propios de Prensa (Impresión Offset) y Dos plazas de Oficial Primero de Oficios Propios de Prensa (Supervisión y Apoyo Informático), por el sistema general de acceso libre.

    1.2 El proceso selectivo se realizará mediante el sistema de oposición, con los ejercicios y puntuaciones que se especifican en el Anexo I.

    1.3 La descripción de las plazas se detalla en el Anexo II de esta convocatoria.

    1.4 El proceso selectivo se desarrollará de acuerdo con el calendario establecido en el Real Decreto 120/2007 de 2 de febrero, por el que se aprueba la oferta de empleo público para el año 2007. La duración máxima del proceso selectivo será de seis meses, contados a partir de la fecha de realización del primer ejercicio.

    1.5 Concluido el proceso selectivo, los aspirantes que lo hubieran superado y que hayan acreditado cumplir los requisitos exigidos, hasta como máximo el número de plazas convocadas, serán contratados con carácter fijo.

    1.6 En todo caso, de conformidad con lo previsto en el artículo 26 del vigente Convenio Colectivo del Boletín Oficial del Estado, antes de que los aspirantes que hubieran superado el proceso selectivo tomen posesión de las plazas convocadas, se efectuará el oportuno concurso de traslado entre el personal del Organismo que ostente idéntica categoría y desempeñe idénticas funciones a las de las plazas que se tratan de proveer.

  2. Requisitos de los candidatos

    2.1 Para ser admitidos a la realización del proceso selectivo los aspirantes deberán poseer en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantener hasta el momento de la formalización del contrato de trabajo los siguientes requisitos de participación:

    2.1.1 Nacionalidad:

    1. Ser español.

    2. Ser nacional de alguno de los demás Estados miembros de la Unión Europea o nacional de algún Estado, al que en virtud de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores.

    3. También podrán participar, cualquiera que sea su nacionalidad, el cónyuge y la pareja de hecho inscrita en el correspondiente registro de los españoles y de los nacionales de alguno de los demás Estados miembros de la Unión Europea y, cuando así lo prevea el correspondiente Tratado, el de los nacionales de algún Estado al que en virtud de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España sea de aplicación la libre circulación de trabajadores, siempre que no estén separados de derecho o se haya cancelado la inscripción registral de la pareja. Asimismo, con las mismas condiciones, podrán participar sus descendientes, los ascendientes y los de su cónyuge o pareja registrada, menores de veintiún años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas.

      Las situaciones de matrimonio e inscripción como pareja registrada se consideración, en todo caso, incompatibles entre sí.

    4. Asimismo podrán participar quienes no estando incluidos en los párrafos anteriores se encuentren en España en situación de legalidad, siendo titulares de un documento que les habilite a residir y a poder acceder sin limitaciones al mercado laboral. En consecuencia, podrán participar quienes se encuentren en situación de residencia temporal, quienes se encuentren en situación de residencia permanente, quienes se encuentren en situación de autorización para residir y trabajar, así como los refugiados.

      2.1.2 Capacidad legal: Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso de la edad máxima de jubilación forzosa.

      2.1.3 Titulación: Estar en posesión o en condiciones de obtener el título que se señala en el Anexo II. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión de la credencial que acredite su homologación.

      2.1.4 Compatibilidad funcional: No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica incompatible con el desempeño de las correspondientes funciones.

      2.1.5 Habilitación: No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el desempeño de las funciones públicas.

      Los aspirantes cuya nacionalidad no sea la española deberán acreditar, igualmente, no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la función pública.

  3. Solicitudes

    3.1 Quienes deseen participar en este proceso selectivo deberán cumplimentar el modelo oficial de solicitud de admisión a pruebas selectivas en la Administración Pública y liquidación de derechos de examen «Ministerio de la Presidencia. Boletín Oficial del Estado. Código 602», cuyo modelo se facilitará gratuitamente en el Registro General del Boletín Oficial del Estado; también serán facilitadas, en el Centro de Información Administrativa del Ministerio de Administraciones Públicas, en el Servicio Regional de Empleo de la Comunidad de Madrid y en la página de Internet www.boe.es/g/es/empleo/.

    La solicitud se cumplimentará de acuerdo con las instrucciones del Anexo V.

    3.2 La presentación de solicitudes se realizará en el Registro General del Boletín Oficial del Estado (Avda. de Manoteras, 54. Madrid) o en la forma establecida en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de veinte días naturales contados a partir del día siguiente al de la fecha de publicación del anuncio de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado» y se dirigirán a la Vicepresidente Primera del Gobierno y Ministra de la Presidencia. La no presentación de la solicitud en tiempo y forma supondrá la exclusión del aspirante.

    3.3 A la solicitud se acompañará:

    Los aspirantes incluidos en el apartado 2.1.1.b) que no residan en España, bien por residir en el extranjero o por encontrarse en España en régimen de estancia, deberán presentar una fotocopia del documento de identidad o pasaporte.

    Los incluidos en el segundo párrafo del apartado 2.1.1.b), además de la fotocopia del pasaporte, una fotocopia del visado y, en su caso, del resguardo de haber solicitado la correspondiente tarjeta o del resguardo de haber solicitado la exención de visado y la correspondiente tarjeta. De no haberse solicitado estos documentos deberán presentar los documentos expedidos por las autoridades competentes que acrediten el vínculo de parentesco y una declaración jurada o promesa del español o del nacional de la Unión Europea o del Estado al que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores con el que existe este vínculo, de que no está separado de derecho de su cónyuge y, en su caso, del hecho de que el aspirante vive a sus expensas o está a su cargo.

    Los incluidos en el apartado 2.1.1.c), además de la fotocopia del Pasaporte en vigor, una fotocopia del correspondiente permiso de residencia, o de trabajo y de residencia.

    Asimismo, se deberá acompañar fotocopia de la titulación exigida.

    Los aspirantes con discapacidad con un grado de minusvalía igual o superior al 33% que soliciten adaptación de tiempo y/o medios deberán adjuntar Dictamen Técnico Facultativo emitido por el Órgano Técnico de Valoración que dictaminó el grado de minusvalía.

    3.4 Los errores de hecho, materiales o aritméticos que pudieran advertirse en la solicitud podrán subsanarse en cualquier momento de oficio o a petición del interesado.

  4. Admisión de aspirantes

    4.1 Transcurrido el plazo de presentación de solicitudes, se dictará orden, en el plazo máximo de un mes, declarando aprobada la lista de admitidos y excluidos. En dicha orden, que deberá publicarse en el «Boletín Oficial del Estado», se indicarán los lugares en que se encuentren expuestas al público las listas certificadas completas de aspirantes admitidos y excluidos, señalándose un plazo de diez días hábiles para subsanar el defecto que haya motivado la exclusión u omisión y determinándose el lugar, fecha y hora de comienzo del primer ejercicio de la oposición.

    4.2 inalizado dicho plazo, en el caso de que se hubieran producido modificaciones, éstas se expondrán en los mismos lugares en que lo fueron las relaciones iniciales.

    4.3 No procederá la devolución de los derechos de examen en los supuestos de exclusión por causa imputable a los aspirantes.

  5. Tribunal

    5.1 El Tribunal calificador de este proceso selectivo es el que figura como Anexo IV a esta convocatoria.

    5.2 El procedimiento de actuación del Tribunal se ajustará en todo momento a lo dispuesto en la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las...

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