DECRETO 1/2011, de 28 de marzo, del Presidente de la Junta de Castilla y León, por el que se convocan Elecciones a las Cortes de Castilla y León.

SecciónII - Disposiciones Generales
EmisorPresidencia
Rango de LeyDecreto

El artículo 27.1.a) del Estatuto de Autonomía de Castilla y León, de conformidad con la redacción dada por la Ley Orgánica 14/2007, de 30 de noviembre, de reforma del mismo, dispone que, como supremo representante de la Comunidad Autónoma, corresponde al Presidente de la Junta de Castilla y León convocar Elecciones a las Cortes de Castilla y León.

Asimismo, dispone el artículo 16.1 de la Ley 3/1987, de 30 de marzo, Electoral de Castilla y León, modificada por la Ley 4/1991, de 18 de marzo, y por la Ley 13/1998, de 23 de diciembre, que la convocatoria de Elecciones a las Cortes de Castilla y León se realizará de acuerdo con lo previsto en la legislación reguladora del Régimen Electoral General, mediante Decreto del Presidente de la Junta de Castilla y León.

En su virtud, de acuerdo con la facultad atribuida por el artículo 27.1.a) del Estatuto de Autonomía y el artículo 16.1 de la Ley Electoral de Castilla y León,

DISPONGO:

Artículo 1 Se convocan Elecciones a las Cortes de Castilla y León que se celebrarán el domingo 22 de mayo de 2011.
Artículo 2 En aplicación de lo establecido en los artículos 21.2 del Estatuto de Autonomía de Castilla y León, y 19 de la Ley Electoral de esta Comunidad, integrarán las Cortes de Castilla y León ochenta y cuatro Procuradores/as, correspondiendo elegir en cada circunscripción electoral el siguiente número:

Circunscripción electoral:

Procuradores/as:

Ávila

Siete

Burgos

Once

León

Catorce

Palencia

Siete

Salamanca

Once

Segovia

Siete

Soria

Cinco

Valladolid

Quince

Zamora

Siete

Artículo 3 La Campaña Electoral tendrá una duración de quince días, comenzando a las cero horas del viernes 6 de mayo y finalizando a las...

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