DECRETO 1/2011, de 28 de marzo, del Presidente de la Junta de Castilla y León, por el que se convocan Elecciones a las Cortes de Castilla y León.
Sección | II - Disposiciones Generales |
Emisor | Presidencia |
Rango de Ley | Decreto |
El artículo 27.1.a) del Estatuto de Autonomía de Castilla y León, de conformidad con la redacción dada por la Ley Orgánica 14/2007, de 30 de noviembre, de reforma del mismo, dispone que, como supremo representante de la Comunidad Autónoma, corresponde al Presidente de la Junta de Castilla y León convocar Elecciones a las Cortes de Castilla y León.
Asimismo, dispone el artículo 16.1 de la Ley 3/1987, de 30 de marzo, Electoral de Castilla y León, modificada por la Ley 4/1991, de 18 de marzo, y por la Ley 13/1998, de 23 de diciembre, que la convocatoria de Elecciones a las Cortes de Castilla y León se realizará de acuerdo con lo previsto en la legislación reguladora del Régimen Electoral General, mediante Decreto del Presidente de la Junta de Castilla y León.
En su virtud, de acuerdo con la facultad atribuida por el artículo 27.1.a) del Estatuto de Autonomía y el artículo 16.1 de la Ley Electoral de Castilla y León,
DISPONGO:
Circunscripción electoral:
Procuradores/as:
Ávila
Siete
Burgos
Once
León
Catorce
Palencia
Siete
Salamanca
Once
Segovia
Siete
Soria
Cinco
Valladolid
Quince
Zamora
Siete
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