DECRETO 14/2014, de 4 de febrero, del Gobierno de Aragón, por el que se crean los ficheros de datos de carácter personal 'solicitud de consultas de consumo' y 'aplicación informática: sistema informático de consumo'.

SecciónI. Disposiciones Generales
Rango de LeyDecreto

La Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal (en adelante LOPD) tiene por objeto garantizar y proteger, en lo que concierne al tratamiento de los datos personales, las libertades públicas y los derechos fundamentales de las personas físicas, y especialmente de su honor e intimidad personal y familiar. La norma resulta de aplicación a los datos de carácter personal registrados en soporte físico que los haga susceptibles de tratamiento, así como a toda modalidad de uso posterior de estos. El artículo 20 de la Ley establece que los ficheros de datos personales de las Administraciones Públicas deberán crearse, modificarse o suprimirse por medio de disposición general publicada en el "Boletín Oficial del Estado", o Diario oficial correspondiente.

Por su parte, el Decreto 98/2003, de 29 de abril, del Gobierno de Aragón, por el que se regulan los ficheros de datos de carácter personal gestionados por la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, dispone que la creación, modificación o supresión de tales ficheros se llevará a cabo mediante Decreto del Gobierno de Aragón, aprobado a propuesta del Consejero de Presidencia y Relaciones Institucionales (en la actualidad tales funciones han sido asumidas por el Consejero de Hacienda y Administración Pública) y cuya iniciativa debe partir del Departamento competente por razón del contenido del fichero.

El contenido de los ficheros deberá ajustarse a lo dispuesto en los artículos 20 de la LOPD, 54 del Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la LOPD y 2 del Decreto 98/2003, de 29 de abril.

Para la defensa de los derechos de los consumidores y usuarios y para promover su información y educación se han creado y desarrollado diversos canales para que planteen sus consultas sobre temas de consumo, además de llevarse acabo campañas, actuaciones inspectoras, denuncias o expedientes de consumo, previstos legalmente en la Ley 16/2006 de 28 de diciembre, de Protección y Defensa de los Consumidores y Usuarios de Aragón.

En este marco normativo corresponde crear sendos ficheros que recojan los datos de carácter personal que sean aportados por aquellas personas físicas, jurídicas o entidades asociativas sin personalidad jurídica que presenten consultas o aquellos que se recaben por la realización de campañas, actuaciones inspectoras, denuncias o expedientes de consumo.

En su virtud, por iniciativa del Consejero de Sanidad, Bienestar Social y Familia, y a propuesta del Consejero de Hacienda y Administración Pública, previa deliberación del Gobierno de Aragón en su reunión del día 4 de febrero de 2014

DISPONGO:

Artículo 1 Objeto.
  1. Este Decreto tiene por objeto la creación de los ficheros públicos de datos...

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