ORDEN JUS/1285/2004, de 2 de abril, por la que se acuerda el cambio de capitalidad del Registro de la Propiedad de Paterna n.o 2 a la localidad de Manises.

MarginalBOE-A-2004-8947
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Justicia
Rango de LeyOrden

ORDEN JUS/1285/2004, de 2 de abril, por la que se acuerda el cambio de capitalidad del Registro de la Propiedad de Paterna n.o 2 a la localidad de Manises.

El expediente se inició a instancia de la Sra. Registradora de la Propiedad de Paterna N.o 2, doña María Emilia Adán García, sobre cambio de capitalidad del Registro de la Propiedad de Paterna N.o 2 a una de las localidades que forman el distrito hipotecario, Manises o Quart de Poblet.

Fundamenta su pretensión en que el Registro de la Propiedad de Paterna N.o 2, que fue creado por segregación del único de Paterna por Real Decreto 398/2000, de 24 de marzo, cuya circunscripción territorial comprende los términos municipales de Manises y Quart de Poblet, y cuya capitalidad se mantuvo en Paterna, sede del Registro matriz, no tiene conexión territorial con el distrito hipotecario, al no estar en su circunscripción. A ello añade, que los términos municipales de Manises y Quart de Poblet tienen suficiente entidad económica y de población para que el Registro tenga su capitalidad en uno de ellos, y ambos términos municipales se encuentran unidos entre sí y separados de Paterna, lo que dificulta su comunicación por carretera. Por otro lado el aeropuerto de Manises ocupa parte de ambos términos municipales lo que favorece su acceso y comunicación y la Agencia Estatal Tributaria tiene una administración en Manises y los Juzgados se ubican en Quart de Poblet.

En el expediente constan informes razonados, todos en sentido favorable, y en su mayoría partidarios de ubicar su capitalidad en Manises, como son: la Generalitat Valenciana, la Diputació de València, el Ajuntament de Manises, Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, Juzgados de Primera Instancia e Instrucción de Paterna y de Quart de Poblet, el Registrador de la Propiedad de Paterna N.o 1 y los Notarios de Manises y de Paterna. Discrepan, subjetivamente, el Ajuntament de Quart de Poblet y los Notarios de dicha localidad.

El Consejo de Estado haemitido dictamen en el sentido de que puede accederse al cambio de capitalidad del Registro de la Propiedad de Paterna N.o 2 a la localidad de Manises.

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