Cambios sociales y prestación económica de maternidad (Sobre la Maternidad Subrogada)

AutorArántzazu Vicente Palacio
Páginas125-143
Revista de Derecho de la Seguridad Social. La borum 12 (3er Trimestre 2017)
Estudios de Doctrina Judicial ISSN: 2386-7191 ISSNe: 2387-0370
Fecha Rec epción: 30-5-2017 F echa Revisión: 19-6-2017 Fecha Aceptació n: 30-6-2017
Pags. 125- 143
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Cambios sociales y prestación económica de maternidad (Sobre la
Maternidad Subrogada)
Social changes and maternity leave benefit (About Surrogate
Maternity)
Resumen
Abstract
Se analizan los recientes pronunciamientos de la Sala
de lo Social d el Tribunal Supremo unificando do ctrina
en relación al reconoci miento d el derecho a las
prestaciones económicas d e maternidad en l os
supuestos de maternidad subrogada acaecida a resultas
de contratos suscritos en países qu e sí admiten esta
forma de acceso a la maternidad.
The recent announc ements made in the Social Court
of the Supreme Court are analysed b y unifying the
doctrine a bout recogni sing economic maternity
benefits in assumed cases o f surrogate maternity that
occur as the result of contract s signed in c ountries
where such access to maternity is allowed.
Palabras clave
Keywords
Filiación; maternidad; Maternidad por subrogación;
Tribunal Europeo de Derechos Hu manos; Tribunal de
Justicia de la Unión Europea; Ori entación sexual;
Identidad sexual; S exo y Género; Di scapacidad;
Reproducción asistida
Filiation; maternity; Surrogate maternity; the
European Court of Human Rights; Court of Justice
of t he European Union; Sexual orientation; Sexual
identity; S ex and Gender; Disability; Assiste d
Reproduction
1. INTRODUCCIÓN
Las recientes declaraciones del Portavoz de la Conferencia Episcopal Española
1
“condenando sin matices” la maternidad subrogada coinciden prácticamente en el tiempo
con diversas sentencias de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo reconociendo a quienes
son madres o padres por esta vía el derecho a la prestación económica por maternidad del
sistema español de seguridad social.
Que la Conferencia Episcopal Española se manifieste en contra de la maternidad
subrogada no constituye, posiblemente, motivo de extrañeza para nadie, pero sí debería
servir para posicionar a favor de la maternidad subrogada a quienes todavía no se han
formado una opinión definida sobre la misma o, en su caso, para reforzar su postura
favorable: si la jerarquía católica se manifiesta en contra de una forma de acceder a la
maternidad/paternidad que, a priori, no perjudica a nadie y desde luego, no al fruto de esta
gestación, debe ser porque otorga opciones o derechos a quienes dicha jerarquía
tradicionalmente se los ha negado, especialmente a los homosexuales y tr ansexuales.
Escudados tras el argumento de la “mercantilización” de la m aternidad y la “explotación de
1
http://politica. elpais.com/politica/2017/02/24/actualidad/1487927653_244711.html
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la mujer” se quiere así privar de una opción legítima a quienes no pueden ser madres o
padres biológicos p or otra vía, y aunque no con carácter exclusivo, afecta especialmente a
quienes no pueden acceder a la maternidad/paternidad por su orientación o identidad
sexuales. Sin querer caer en la demagogia, no recuerdo una manifestación pública semejante
contra otras muchas formas de “mercantilización” cotidiana e involuntaria de la mujer ni
tampoco ninguna actuación específica en contra de quienes fueron acusados de la venta de
niños robados en el marco de instituciones religiosas y por personas vinculadas a la Iglesia
que algunas investigadoras cifran en más de 2000
2
. Y tampoco creo que sea preciso
recordar la consideración que la mujer ha recibido y recibe todavía por parte de la iglesia
católica en muchos aspectos p ero, lo que es más paradójico, en su papel de madre: una
lectura de la “Carta a las Mujeres” del Papa Juan Pablo II pone claramente en evidencia
cuanto estoy señalando
3
, sin olvidar otras muchas manifestaciones o declaraciones
específicas en relación al papel o rol que la iglesia atribuye a las mujeres en la sociedad.
El Tribunal Supremo, ha tenido ocasión de pronunciarse recientemente, unificando
doctrina
4
, en relación al r econocimiento de la prestación económica de maternidad en
supuestos de maternidad subrogada acaecida en países extranjeros en los que dich a
posibilidad es legal y en todos los casos ha reconocido el der echo de los solicitantes de estas
prestaciones
5
. Sin embargo, existen diferencias importantes en los supuestos fácticos que
abordan las distintas sentencias y las dos dictadas por el Pleno cuentan con extensos votos
particulares que disienten de la doctrina mayoritaria. La extensión de la s sentencias dictadas
por el Pleno y de sus votos particulares dan una idea de la complejidad jurídica, amén de
ideológica y por tanto política, de una controversia que ha sido abordada por normas de
diferente procedencia [de ámbito supranacional (Directivas comunitarias), internacional
(Tratados Internacionales de Derechos Fundamentales) y nacional (Leyes, n ormas
reglamentarias incluyendo decisiones administrativas de diferente rango)] y contenido
(civiles, registrales, laborales) y consiguientemente, existen sentencias de los diferentes
tribunales competentes para su aplicación e interpretación (para su interpretación, desde el
Tribunal Europeo de Derechos Humanos y el Tribunal de Justicia de la Unión Europea, en el
ámbito internacional) a los distintos tribunales nacionales de instancia h asta llegar al
Tribunal Supremo, tanto en el orden civil como en el social. En todo caso, cada una de estas
regulaciones y consiguientemente, los pr onunciamientos judiciales que los han interpretado,
contemplan esta realidad desde el ámbito desde su propia funcionalidad y, por tanto, resultan
insuficientes en su consideración aislada para dar respuesta a una situación jurídica que
presenta múltiples facetas y aristas y que genera opiniones muy encontradas en la sociedad.
2
http://www.lavan guardia.com/vida/20160827/404224358897/ninos-robad os-una-asignatura-pendiente-con-
2000-denuncias-en-el-cajon.html
3
http://www.c onferenciaepiscopal.es/documentos/magisteriojpii/cartas/mujeres.htm
4
Sobre la doctrina judicial en suplica ción, vid. GORE LLI HERNÁNDEZ, J ., “La prestación por maternidad en los
casos de gestación por sustitución o mat ernidad subrogada (vientres de alquiler)”, Aranzadi Doctr inal nº 1, 2017
(BIB 2017\10517).
5
STS (Pleno) de 25-10-2016 (núm. re c. 3818/2015); STS (Pleno) de 16-11-2016 (núm. rec. 3146/2014); STS de
30-11-2016 (núm. rec. 3183/2015); y STS de 30-11-2016 (núm. r ec. 3219/2015).

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