Cambios Sociales y Cambios Jurídicos. Un Nuevo Ejemplo: El Accidente In Itinere Vs El Accidente En Misión

AutorArántzazu Vicente Palacio
Páginas139-151
A. Contingencias protegidas
Cambios Sociales y Cambios Jurídicos. Un Nuevo Ejemplo: El
Accidente In Itinere Vs El Accidente En Misión
Social Change And Legal Changes: A New Example: Accident
in Itinere Vs Accident In Mission
Resumen
Abstract
El Tribunal Supremo ha cambiad o su doctrina en
relación a la interpretación del concepto de
“domicilio” como elemento integrante del accidente
in itinere en atención a l os cambios sociales. El
accidente en misión, sin embargo, ha sufrido
diferente suerte. El presente trabajo analiza ambos
conceptos de construcción jurisprudencial,
contraponiendo la evolución de uno y otro.
The Supreme Court has changed its doctrine
concerning the interpretation of the concept of
"home" as a component of accident in itinere in
response to social changes. The accident on mission,
however, has been di fferentfate. This paper analyzes
two concepts of case law, contrasting the evolution
of each other.
Palabras clave
Keywords
Accidente de trabajo; Accidente in itinere;
Accidente en misión; Enfermedades
cardiovasculares y cerebrales; Tribunal Supremo;
Jurisprudencia.
Accident at work; Accident in itinere
(whiletraveling); Accident on mission;
Cardiovascular and cerebral diseases; Supreme
Court; Case Law; Social changes; Legal changes.
1. INTRODUCCIÓN
Dijo GUASP
1
que el Derecho para salvar a la Sociología no tiene más remedio que
matarla. Toma de la realidad social los problemas necesitados de so lución, establece un
esquema de instituciones art ificiales con las que sustituye las estruct uras sociales del
fenómeno y tras esa labor de alquimia, se desentiende de la materia social para operar con las
nuevas categorías creadas. Pero que cualquier regulación jurídica de un fenómeno social
necesariamente lo fosilice a efectos jurídicos, no puede significar que esa fosilización lo sea
del Derecho. El Derecho tiene, no sólo la posibilidad, sino el deber de cambiar, de adecuar
esas cat egorías artificiales a la realidad de los fenómenos sociales, necesidad que se hace
especialmente acuciante en materia de segur idad social en la que e l bien jurídico protegido
la protección de situaciones de necesidad exige obviar anacronismos y ajustar la norma a la
realidad social en favor de los beneficiarios. Esta necesidad de cambio o adapt ación puede
proceder directamente de qu ien ostenta el poder legislativo, que debe estar atento a los
1
Guasp Delgado, J., “La pretensión procesal”, Madrid (Civitas), 2ª edición, 1985, pág. 42.

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