ORDEN ECO/2241/2003, de 30 de julio, por la que se crea la Comisión Calificadora de Documentos Administrativos del Ministerio de Economía.
Fecha de Entrada en Vigor | 8 de Agosto de 2003 |
Marginal | BOE-A-2003-15801 |
Sección | I - Disposiciones Generales |
Emisor | Ministerio de Economia |
Rango de Ley | Orden |
ORDEN ECO/2241/2003, de 30 de julio, por la que se crea la Comisión Calificadora de Documentos Administrativos del Ministerio de Economía.
La Administración General del Estado y los organismos públicos dependientes producen, en su actividad administrativa diaria, documentos administrativos que constituyen un importante acervo documental de considerable valor tanto técnico como, en ocasiones, histórico o artístico que aconsejan su conservación y protección aplicando una normativa específica.
Esta normativa está consagrada en nuestro ordenamiento por el artículo 46 de la Constitución Española de 1978, que obliga a los poderes públicos a garantizar la conservación del patrimonio histórico, cultural y artístico de los pueblos de España y de los bienes que lo integran, cualquiera que sea su régimen jurídico y su titularidad. En desarrollo de dicho mandato, el legislador promulgó la Ley 16/1985, de 25 de junio, de Patrimonio Histórico Español, que consagra una definición extensiva del mismo, integrando en ella a los bienes muebles e inmuebles que lo constituyen, al patrimonio arqueológico y al etnográfico, los museos, archivos y bibliotecas de titularidad estatal, así como al patrimonio documental y bibliográfico.
La Ley 16/1985 considera patrimonio documental a todo documento producido en cualquier expresión gráfica, sonora o en imagen y recogido en cualquier tipo de soporte material, generado, conservado o reunido por cualquier organismo o entidad de carácter público, por las personas jurídicas en cuyo capital participe mayoritariamente el Estado u otras entidades públicas y por las personas privadas, físicas o jurídicas, gestoras de servicios públicos en lo relacionado con la gestión de dichos servicios.
Asimismo, esta norma obliga a todo poseedor de bienes del patrimonio documental y bibliográfico a conservarlos, protegerlos, destinarlos a un uso que no impida su conservación y a mantenerlos en lugares adecuados, así como a recabar la autorización competente para excluir o eliminar todo o parte de dichos bienes. Para el estudio y dictamen de las cuestiones relativas a la calificación y utilización de dichos documentos, su régimen de acceso e inutilidad administrativa, la Ley de Patrimonio Histórico Español crea la Comisión Superior Calificadora de Documentos Administrativos, cuya composición y funcionamiento contempla el Real Decreto 139/2000, de 4 de febrero.
En desarrollo de las previsiones legales se ha dictado...
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