SAP Tarragona, 25 de Noviembre de 1999

PonenteXavier Nouvillas Puig
Fecha de Resolución25 de Noviembre de 1999
EmisorAudiencia Provincial - Tarragona

Iltmos. Sres:

Presidente:

D. Antonio Carril Pan

magistrados:

D. Eduardo LÛpez CausapÈ

D. Xavier Nouvilas Puig

En la Ciudad de Tarragona a veinticinco de noviembre de mil novecientos noventa y nueve.

Vistos ante la SecciÛn 2™ de esta Audiencia Provincial los recursos de apelaciÛn interpuestos por J.G.H. y F.R.A.F. representados por el Procurador Sr. Colet y defendidos por el Letrado Sr. Pegueroles AriÒo contra las sentencias dictadas por el Juzgado de lo Penal de Tortosa con fechas 11.5.99 y 8.7.99 en Procedimiento Abreviado seguido por el delito de robo con fuerza en el que figuran como acusados los apelantes siendo parte el Ministerio Fiscal y Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. Xavier Nouvilas Puig

ANTECEDENTES DE HECHO

Aceptando los antecedentes de hecho de la sentencia recurrida; y

PRIMERO

La sentencias recurridas declararon probados los hechos siguientes: " Unico.- Se declara expresamente probado que el acusado J.G.H., mayor de edad y ejecutoriamente condenado por sentencia firme de fecha 8 de noviembre de 1989, a la pena de 5 aÒos de prisiÛn menor por un delito de Robo con violencia o intimidaciÛn, y F.R.A.F., con ·nimo de obtener un ilÌcito beneficio el dÌa 21 de junio de 1996, sobre las 22 horas de la noche entraron en la granja sita en la partida "E.T." (Benifallet), y propiedad de A.M.B., tras cortar la valla met·lica de la misma y se apoderaron de 66 conejos y 15 sacos de pienso, tras forzar cuatro cerraduras de las puertas de entrada a las naves de la referida granja. Cuando ya se marchaban del lugar una patrulla de la Guardia Civil les siguiÛ intent·ndose dar a la fuga si bien fueron finalmente detenidos e incaut·ndose en la furgoneta que conducÌa los bienes sustraÌdos y habiendo renunciado la perjudicada a cualquier acciÛn que pudiera corresonderle.

Unico.- Se declara expresamente probado que el acusado F.R.A.F., mayor de edad y sin antecedentes penales, en uniÛn de su padrastro J.G.H., con ·nimo de obtener un ilÌcito beneficio, el dÌa 21 de juniode 1996, sobre las 22 horas entraron en la granja sita en la partida "E.T." (Benifallet), propiedad de A.M.B., tras cortar la tela met·lica de la misma y se apoderaron de 66 conejos jÛvenes y 15 sacos de pienso, tras forzar cuatro puertas de entradaa las naves de la granja. Cuando ya se marchaban del lugar, una patrulla de la Guardia Civil les siguiÛ intent·ndose dar a la fuga si bien fueron finalmente detenidos y se incautÛ los bienes sustraÌdos que se encontraban en el interior de la furgoneta en que circulaban los citados La perjudicada renunciÛ a cualquier indemnizaciÛn que pudiera corresponderle.".

SEGUNDO

Dichas sentencias contienen los siguientes Fallos: " Que debo condenar y condeno a J.G.H., como autor responsable de un delito de robo con fuerza en las cosas, ya definido, en el que concurre la agravante de reincidencia, a la pena de dos aÒos de prisiÛn, y a que abone las costas procesales causadas en esta instancia.

Que debo condenar y condeno a F.R.A.F., como autor responsable de un delito de robo con fuerza en las cosas, ya definido, en el que no concurren circunstancias modificativas de la responsabilidad, a la pena de un aÒo de prisiÛn y al pago de costas. "

TERCERO
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