Decreto 43/2008, de 11 de abril, por el que se regula la bonificación en las tarifas de los servicios regulares de transporte marítimo interinsular para los residentes en la comunidad autónoma de las Illes Balears

Sección1.- Disposiciones generales
EmisorConsejería de Movilidad y Ordenación del Territorio
Rango de LeyDecreto

Decreto 43/2008, de 11 de abril, por el que se regula la bonificación en las tarifas de los servicios regulares de transporte marítimo interinsular para los residentes en la comunidad autónoma de las Illes Balears En términos generales, la legislación sobre reducciones tarifarias por razón de residencia a usuarios de servicios de transporte regular de viajeros se dicta conforme al principio de solidaridad contemplado en el artículo 2 de la Constitución y al de atención de las particulares circunstancias del hecho insular, que recoge el artículo 138.1 de la norma suprema, como también establece el artículo 3 del Estatuto de autonomía de las Illes Balears.

La Ley 30/1998, de 29 de julio, de régimen especial de las Illes Balears reconoció el hecho insular y estableció un conjunto de medidas entre las que se contemplaba la reducción de tarifas de transporte de viajeros para residentes en las Illes Balears.

El Decreto 57/1999, de 28 de mayo, por el que se regula un régimen de subvención para los residentes en las Islas Baleares que utilicen el transporte marítimo regular en los desplazamientos interinsulares, estableció una bonificación general para residentes nacionales de países de la Unión Europea, de países firmantes del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo y de Suiza, cuyo importe se fijaba como complemento de la bonificación establecida por el Estado, hasta igualarse con la bonificación existente para los mismos trayectos interinsulares en modo aéreo. Este criterio de equilibrio de bonificaciones entre modos competitivos se ha mantenido sin interrupción en las sucesivas modificaciones del citado decreto, pasando de una bonificación autonómica inicial del 23 por 100 cuando la del Estado era del 10 por 100, hasta la del momento actual, del 25 por 100, coincidente con la estatal.

El decreto mencionado, actualmente vigente, fue dictado con anterioridad a la Ley 5/2002, de 21 de junio, de subvenciones, y la terminología utilizada de `subvenciones'para referirse a las reducciones tarifarias que contemplaba puede ser causa de interpretaciones equivocadas e inseguridad jurídica en relación con la aplicabilidad a las mismas de la regulación del Decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el Texto articulado de la Ley de subvenciones; de modo que conviene clarificar la cuestión...

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