Secretaría General.- Resolución de 3 de diciembre de 2010, por la que se da publicidad al Acuerdo de la Comisión Bilateral de Cooperación Administración General del Estado-Comunidad Autónoma de Canarias, de 12 de noviembre, en relación con la Ley de Canarias 7/2010, de 15 de julio, que modifica la Ley 13/2009, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2010.

SecciónIII. OTRAS RESOLUCIONES
EmisorPRESIDENCIA DEL GOBIERNO
Rango de LeyResolución

De conformidad con lo establecido en el artículo 33.2.c) de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional, en la redacción dada por la Ley Orgánica 1/2000, de 7 de enero, dispongo que se publique en el Boletín Oficial de Canarias el Acuerdo de la Comisión Bilateral de Cooperación Administración General del Estado-Comunidad Autónoma de Canarias, de 12 de noviembre, en relación con la Ley de Canarias 7/2010, de 15 de julio, por la que se modifica la Ley 13/2009, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2010, que figura como anexo.

Santa Cruz de Tenerife, a 3 de diciembre de 2010.- El Secretario General, Fernando Ríos Rull.

A N E X O

ACUERDO DE LA COMISIÓN BILATERAL DE COOPERACIÓN ADMINISTRACIÓN GENERAL DEL ESTADO-COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANARIAS EN RELACIÓN CON LA LEY DE CANARIAS 7/2010, DE 15 DE JULIO, POR LA QUE SE MODIFICA LA LEY 13/2009, DE 28 DE DICIEMBRE, DE PRESUPUESTOS GENERALES DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANARIAS PARA 2010.

La Comisión Bilateral Administración General del Estado-Comunidad Autónoma de Canarias, en su reunión celebrada el día 12 de noviembre de 2010, ha adoptado el siguiente Acuerdo:

  1. De conformidad con las negociaciones previas mantenidas por el Grupo de Trabajo constituido en cumplimiento de lo previsto en el Acuerdo de la Comisión Bilateral Administración General del Estado-Comunidad Autónoma de Canarias, de fecha 5 de octubre de 2010, para el estudio y propuesta de solución de las discrepancias competenciales manifestadas en relación con el artículo único, apartado 2, párrafo segundo, de la Ley 7/2010, de 15 de julio, por la que se modifica la Ley 13/2009, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2010, ambas partes la consideran solventada, en la parte que atañe al precepto controvertido, en razón de los compromisos siguientes:

    El artículo único, apartado 2, segundo párrafo, de la Ley 7/2010, en referencia a las limitaciones retributivas derivadas del Real Decreto-Ley 8/2010, de 20 de mayo, por el que se adoptan medidas extraordinarias para la reducción del déficit público estableció que "Las retribuciones del personal laboral sujeto a convenio colectivo de los entes a que se refiere el artículo 1, apartados 4 y 6 [este referido a las fundaciones públicas] de la Ley 13/2009, de 28 de diciembre -modificada por la que ahora se cuestiona- de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2010, experimentarán...

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