Decreto Foral 57/2008 del Consejo de Diputados de 3 de junio, que aprueba las bases reguladoras para la concesión de las ayudas del fondo complementario de inversiones a las entidades locales de Álava.

SecciónDisposiciones Administrativas
EmisorDepartamento de Administración Local y Equilibrio Territorial
Rango de LeyDecreto foral

La Disposición Adicional Novena de la Norma Foral 22/2007 de 18 de diciembre, de Ejecución Presupuestaria para 2008, añade una Disposición Adicional Tercera a la Norma Foral 14/1997, de 24 de abril, reguladora del Plan Foral de Obras y Servicios y de otros instrumentos de la Cooperación de la Diputación Foral de Álava a las obras y servicios de las Entidades Locales, por la que se establece la creación de un Fondo Complementario de Inversiones de las Entidades Locales destinado a la concesión de ayudas a inversiones a realizar por las Entidades Locales del Territorio Histórico de Álava y cuya dotación estará determinada por las bajas que se produzcan en los créditos incorporados en el programa "Inversiones en Entidades Locales" como consecuencia de la aplicación de la previsión del artículo 23 de la citada Norma Foral 14/1997, relativo a la revocación de subvenciones por incumplimiento del plazo establecido para la ejecución de la obra o prestación del servicio.

Este Fondo Complementario de Inversiones de las Entidades Locales es un instrumento extraordinario de cooperación financiera de la Diputación Foral de Álava con las Entidades Locales del Territorio Histórico de Álava, y se ha dotado con 7.652.478,73 euros en la partida presupuestaria 10.1.01.13.01.7.3.1.99.06 "Fondo Complementario Inversiones en Entidades Locales".

Procede por tanto, convocar la concesión de ayudas con cargo al citado fondo y a tal efecto y en aplicación de la Norma Foral 3/1997, de 7 de febrero, de Subvenciones y Transferencias del Territorio Histórico de Álava se presentan las bases que regularán las ayudas a las entidades locales de Álava en el Programa 2008, de Fondo Complementario de Inversiones en Entidades Locales.

En su virtud, a propuesta del Diputado de Administración Local y Equilibrio Territorial, y previa deliberación del Consejo de Diputados en Sesión celebrada en el día de la fecha,

DISPONGO

Primero. Aprobar las bases para la concesión de las ayudas a las entidades locales del Territorio Histórico de Álava en el programa 2008 de Fondo Complementario de Inversiones en Entidades Locales, que se incorporan como Anexo I del presente Decreto Foral.

Segundo. Los compromisos de subvención hasta un total de 7.652.478,73 euros se financiarán con cargo a la partida presupuestaria 10.1.01.13.01.7.3.1.99.06, habilitada al efecto en el Presupuesto de la Diputación Foral de Alava para el año 2.008 (agrupación 08.1.08, línea 10-114 contraído 105-2174). Dicha cantidad podrá aumentarse en función de las bajas que se produzcan en los créditos incorporados en el programa "Inversiones en Entidades Locales".

Tercero. El órgano competente para la instrucción será el Servicio de Plan Foral de Obras y Servicios y el órgano competente para la resolución del procedimiento será el Consejo de Diputados.

Cuarto. Las solicitudes presentadas para la concesión de las subvenciones se resolverán dentro del ejercicio presupuestario correspondiente, y han de entenderse denegadas por el transcurso del mismo sin que haya recaído y notificado resolución expresa.

Quinto. La resolución adoptada sobre la inclusión de las obras será notificada a las entidades locales mediante comunicación escrita, con expresión de su plazo de ejecución y de las condiciones que deberán ser cumplidas. Dicha resolución pone fin a la vía administrativa.

En Vitoria-Gasteiz, a 3 de junio de 2008.- Diputado General, XABIER AGIRRE LÓPEZ. El Director de Equilibrio Territorial, IÑAKI NAFARRATE KORTABARRIA.

Anexo I

BASES PARA LA CONCESIÓN DE LAS AYUDAS DEL FONDO COMPLEMENTARIO DE INVERSIONES DE LAS ENTIDADES LOCALES DEL...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR