SAP Valencia 135/2008, 7 de Marzo de 2008
Ponente | MARIA DEL CARMEN ESCRIG ORENGA |
ECLI | ES:APV:2008:525 |
Número de Recurso | 20/2008/ |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 135/2008 |
Fecha de Resolución | 7 de Marzo de 2008 |
Emisor | Audiencia Provincial - Valencia, Sección 7ª |
135/2008
Rollo nº 000020/2008
Sección Séptima
SENTENCIA Nº 1 3 5
SECCION SEPTIMA
Ilustrísimos/as Señores/as:
Presidente/a:
Dª.Mª CARMEN ESCRIG ORENGA
Magistrados/as
D.JOSÉ ANTONIO LAHOZ RODRIGO
Dª. MARÍA IBÁÑEZ SOLAZ
En la Ciudad de Valencia, a siete de marzo de dos mil ocho.
Vistos, ante la Sección Séptima de la Ilma. Audiencia Provincial de Valencia, en grado de apelación, los autos de Juicio Ordinario - 000095/2006 seguidos ante el JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN Nº 1 DE MISLATA entre partes; de una como demandante - apelante/s Salvador dirigido por el/la letrado/a D/Dª. JUAN IGNACIO BARBA TRAID y representado por el/la Procurador/a D/Dª CATHERINE BIASOLI LOPEZ, y de otra como demandado, - apelado/s Paloma dirigido por el/la letrado/a D/Dª. y representado por el/la Procurador/a D/Dª JOSÉ LUIS MEDINA GIL.
Es Ponente el/la Ilmo/a. Sr./Sra. Magistrado/a D/Dª. Mª CARMEN ESCRIG ORENGA.
En dichos autos, por el Ilmo. Sr. Juez del JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN Nº 1 DE MISLATA, con fecha 3 de septiembre de 2008 se dictó la sentencia, cuya parte dispositiva es como sigue: "FALLO: Que DESESTIMANDO como DESESTIMO la demanda planteada por D. Salvador representado por el Procurador Dª Catherine Biasoli Polez contra Dª Paloma, debo ABSOLVER y ABSUELVO A LA CITADA DEMANDADA DE LOS PEDIMENTOS EN SU CONTRA PLANTEADOS, CON EXPRESA CONDENA EN COSTAS A LA PARTE ACTORA.".
Contra dicha sentencia, por la representación de la parte demandante se interpuso recurso de apelación, y previo emplazamiento de las partes se remitieron los autos a esta Audiencia, en donde comparecieron las partes personadas. Se ha tramitado el recurso, acordándose el día 3 de marzo de 2008 para Votación y Fallo, en que ha tenido lugar.
En la tramitación del recurso se han observado las prescripciones y formalidades legales en materia de procedimiento.
La representación procesal de don Salvador formulo demanda de juicio ordinario contra doña Paloma, su madre, reclamando el pago de 16.925,78.-€, alegando que el actor era propietario de dos fondos de inversión suscritos con Caja Madrid, el primero, el día 20 de febrero de 2001 y, el segundo, el día 9 de noviembre de 2004, que su madre procedió a cancelar el día 7 de julio de 2005, haciendo suyo el dinero existente.
La parte demandada se opuso a la pretensión actora invocando que el dinero del que se nutrieron los dos fondos de inversión era propiedad de la madre y del compañero de hecho de la misma y padre de don Vicente y que decidieron abrir unos fondos, dos a nombre de cada uno de los hijos, como medio para encauzar el ahorro familiar.
La sentencia de instancia desestima la demanda, resolución contra la que se alza la parte actora reiterando los argumentos vertidos en la instancia, en concreto, que ha quedado probado que la titularidad de ambos fondos es del demandante; que ha quedado probado que trabajó como albañil y como árbitro de fútbol así como que ha recibido dinero de su familia, con ocasión de los cumpleaños, estrenas, etc.
La parte apelada ha solicitado la confirmación de dicha resolución.
De la documental obrante en autos ha quedado acreditado que en los dos fondos de inversión cuyo importe se reclama constaba como titular don Salvador y copartícipe su madre, doña Paloma. Y que los dos hermanos, Salvador y Vicente era titulares de sendos fondos, con igual importe.
Partiendo de estas premisas, hemos de...
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