SAP Madrid 566/2007, 19 de Octubre de 2007

PonenteJOSE MARIA SALCEDO GENER
ECLIES:APM:2007:14832
Número de Recurso637/2006
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución566/2007
Fecha de Resolución19 de Octubre de 2007
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 20ª

AUD. PROVINCIAL SECCION N. 20

MADRID

SENTENCIA: 00566/2007

AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID

SECCIÓN 20ª

SENTENCIA Nº

Rollo: RECURSO DE APELACION 637 /2006

Ilmos. Sres. Magistrados:

JUAN VICENTE GUTIÉRREZ SÁNCHEZ

RAMÓN FERNANDO RODRÍGUEZ JACKSON

JOSÉ MARIA SALCEDO GENER

En MADRID, a diecinueve de octubre de dos mil siete.

VISTOS en grado de apelación ante esta Sección 20 de la Audiencia Provincial de MADRID, los Autos de PROCEDIMIENTO ORDINARIO 1189/2003, procedentes del JDO. PRIMERA INSTANCIA N. 51 de MADRID, a los que ha correspondido el Rollo 637/2006, en los que aparece como parte apelante BANCO SANTANDER CENTRAL HISPANO, S.A., representado por la procuradora Dª MARIA ALBARRACIN PASCUAL, y como apelado Juan Pablo, sobre reclamación de cantidad, siendo Magistrado Ponente el Ilmo. Sr. D. JOSÉ MARIA SALCEDO GENER.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Juzgado de Primera Instancia nº 51 de Madrid, en fecha 26 de mayo de 2.005, se dictó sentencia, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "FALLO: Debo desestimar y desestimo la demanda deducida por la procuradora Sra. Albarracín Pascual en representación de la mercantil BANCO SANTANDER CENTRAL HISPANO, S.A. y en su consecuencia, debo absolver y absuelvo al demandado DON Juan Pablo de las peticiones deducidas en su contra, haciendo expresa condena a la actora en las costas procesales causadas".

SEGUNDO

Contra la anterior resolución se interpuso recurso de apelación por la parte demandante, exponiendo las alegaciones en que basa su impugnación. Admitido el recurso en ambos efectos, se dio traslado del mismo a la apelada, que no presentó escrito alguno. Elevados los autos ante esta Sección, fueron turnados de ponencia, y quedando pendientes de resolución, se señaló fecha para la deliberación y votación, que se ha llevado a cabo por los Magistrados de esta Sección.

TERCERO

En la tramitación del presente procedimiento han sido observadas las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS JURIDICOS

No se aceptan los fundamentos jurídicos de la resolución recurrida que deben ser sustituidos por los que a continuación se expresan. Y:

PRIMERO

Debe prosperar el recurso de apelación formulado por la representación procesal de BANCO SANTANDER CENTRAL HISPANO S.A contra la sentencia del Juzgado de Primera Instancia nº 51 de Madrid de fecha 26 de mayo de 2005 toda vez que los documentos aportados por la actora...

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