STSJ Cataluña 10210, 27 de Octubre de 2005

PonenteEMILIO RODRIGO ARAGONES BELTRAN
ECLIES:TSJCAT:2005:10210
Número de Recurso1091/2001
ProcedimientoCONTENCIOSO
Número de Resolución10210
Fecha de Resolución27 de Octubre de 2005
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN PRIMERA RECURSO ORDINARIO (LEY 1998) 1091/2001 Partes: Jose Augusto y Sonia C/ T.E.A.R.C. S E N T E N C I A Nº 1180 Ilmos. Sres.:

PRESIDENTE D. EMILIO ARAGONES BELTRAN.

MAGISTRADOS Dª. PILAR GALINDO MORELL.

D. DIMITRY T. BERBEROFF AYUDA.

En la ciudad de Barcelona, a veintisiete de octubre de dos mil cinco .

VISTO POR LA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA (SECCIÓN PRIMERA), constituida para la resolución de este recurso, ha pronunciado en el nombre del Rey, la siguiente sentencia en el recurso contencioso administrativo nº

1091/2001, interpuesto por Jose Augusto y Sonia , representado por el Procurador Dª. ANA SALINAS PARRA, contra T.E.A.R.C. , representado por el Abogado del Estado.

Ha sido Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. EMILIO ARAGONES BELTRAN, quien expresa el parecer de la SALA.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Procurador Dª. ANA SALINAS PARRA, actuando en nombre y representación de la parte actora, se interpuso recurso contencioso administrativo contra la resolución que se cita en el Fundamento de Derecho Primero.

SEGUNDO

Acordada la incoación de los presentes autos, se les dio el cauce procesal previsto por la Ley de esta Jurisdicción, habiendo despachado las partes, llegado su momento y por su orden, los trámites conferidos de demanda y contestación, en cuyos escritos respectivos en virtud de los hechos y fundamentos de derecho que constan en ellos, suplicaron respectivamente la anulación de los actos objeto del recurso y la desestimación de éste, en los términos que aparecen en los mismos.

TERCERO

Continuando el proceso su curso por los trámites que aparecen en autos, se señaló día y hora para la votación y fallo, diligencia que tuvo lugar en la fecha fijada.

CUARTO

En la sustanciación del presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se impugna en el presente recurso contencioso-administrativo la resolución del Tribunal Económico-Administrativo Regional de Cataluña (TEARC) de fecha 7 de junio de 2001, estimatoria en parte de las reclamaciones económico-administrativas acumuladas núms. 1315/2000 y 1316/2000 interpuestas contra acuerdos dictados por la Administración de Sants-Les Corts (Barcelona) de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por el concepto de IRPF, ejercicio de 1996 y cuantía de 127.436 pesetas (cuota).

SEGUNDO

La resolución del TEARC estima en parte las reclamaciones interpuestas, anula y deja sin efecto la sanción por infracción tributaria grave impuesta, anulando también la liquidación provisional para que sea sustituida por otra en que se considere el ingreso como procedente del trabajo.

La demanda insiste en la exención de la prestación económica percibida del Institut Català

d'Assisència i Serveis Socials, integrada dentro del programa de ayudas de atención social a personas con minusvalía por asistencia domiciliaria e importe de 504.000 pesetas.

La resolución impugnada rechaza la exención por no concurrir el requisito del art. 9.1.b) de la Ley 18/1991, de 6 de junio , relativo a que se trate de prestaciones reconocidas al sujeto pasivo "por la Seguridad Social o por las entidades que las sustituyan", pese a cumplirse el otro requisito de la gran invalidez, pues la recurrente padece una gran invalidez...

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