Orden de 17 de febrero de 1988 por la que se deroga la reglamentación de trabajo en las empresas dedicadas a la Produccion de frío industrial, y las ordenanzas laborales para las actividades avícolas, las industrias de conservas y salazones de pescado, las industrias químicas y la Industria siderometalúrgica.

MarginalBOE-A-1988-4484
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Trabajo y Seguridad Social
Rango de LeyOrden

La Disposición transitoria segunda del estatuto de los trabajadores autoriza al Ministerio de Trabajo y Seguridad Social para derogar total o parcialmente las reglamentaciones de trabajo y ordenanzas laborales, con el informe preceptivo previó de las organizaciones sindicales y asociaciones Empresariales mas representativas. Las ordenanzas y reglamentaciones constituian la fuente básica de Regulacion de las condiciones de trabajo en el Sistema de relaciones laborales anterior al estatuto de los trabajadores, y suponian la Expresion de un Sistema basado, en vez de en la autonomía Negociadora de los agentes Sociales, en el intervencionismo estatal en materia laboral.

El desarrolló de la negociación colectiva a partir del estatuto de los trabajadores ha permitido que en un considerable número de sectores de actividad, cómo es el casó de los comprendidos en el ámbito de las normas a cuya derogación ahora se procede, se haya establecido un Régimen Jurídico completó y actualizado para las relaciones laborales, en dicho ámbito, unas veces por medio de convenios nacionales, y otras, a Traves de convenios provinciales o de Empresa.

No hay que olvidar por otra parte que el mantenimiento, aunque sólo fuese formal, de la vigencia de estás ordenanzas y reglamentaciones, al coexistir con normas posteriores, estatales o pactadas, que inciden en una parte sustancial de los contenidos de aquéllas, plantea los lógicos problemas de clarificacion del Régimen Jurídico aplicable, problemas estos que se ven agravados por la contradicción que se da entre el enfoque de estás ordenanzas y reglamentaciones, y el de las normas y convenios actualmente vigentes, que responden a un Sistema de relaciones laborales cuyos planteamientos, basados en el Fomento y desarrolló de la negociación colectiva, no coinciden lógicamente con los propios del anterior Sistema.

En su virtud, consultadas las organizaciones sindicales y Empresariales mas representativas, y de conformidad con lo previsto en la Disposición transitoria segunda del estatuto de los trabajadores, he tenido a...

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