STSJ Asturias , 4 de Diciembre de 2002

PonenteRAFAEL FONSECA GONZALEZ
ECLIES:TSJAS:2002:5604
Número de Recurso2742/1998
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución 4 de Diciembre de 2002
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA Sala de lo Contencioso-Administrativo Sección 1 OVIEDO 55820 Número de Identificación único: 33044 3 0100402 /2002 Procedimiento: PROCEDIMIENTO ORDINARIO 2742 /1998 Sobre DERECHO ADMINISTRATIVO SANCIONADOR De D/ña. Valentín Letrado. D. José Antonio Menéndez Fernández Contra D/ña. DIRECCION GENERAL DE TRAFICO ABOGADO DEL ESTADO SENTENCIA n° 892 Ilmos. Sres.

Presidente:

D. José Antonio Morilla García Cernuda Magistrados:

D. Rafael Fonseca González D. José Manuel González Rodríguez En Oviedo, a cuatro de diciembre de dos mil dos. La Sección Primera de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del Principado de Asturias, compuesta por los Ilmos. Sres. Magistrados reseñados al margen, ha pronunciado la siguiente sentencia en el recurso contencioso administrativo número 2742 de 1998, interpuesto por D. Valentín , representado y dirigido por el Letrado D. José Antonio Menéndez Fernández, contra la DIRECCIÓN GENERAL DE TRÁFICO, representada por el Sr. Abogado del Estado, versando el recurso sobre resolución de fecha 22 de julio de 1998, que, resolviendo el recurso ordinario formulado por el recurrente, confirma íntegramente la resolución recaída en el expediente número NUM000 , de los tramitados por la Jefatura de Tráfico de Asturias, y por la que se le impuso la sanción de multa de 50.000 pesetas y la suspensión de la autorización administrativa para conducir durante un mes. Siendo Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. Rafael Fonseca González.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Interpuesto el presente recurso, una vez publicado el anuncio preceptivo en el BOPA y recibido el expediente administrativo se confirió traslado al recurrente para que formalizase la demanda, lo que efectuó en legal forma, en el que hizo una relación de Hechos, que en lo sustancial se dan por reproducidos. Expuso en Derecho lo que estimó pertinente y terminó suplicando que, en su día se dicte sentencia, declarando no ser conforme a derecho la resolución sancionadora impugnada y en consecuencia la anule con expresa imposición de costas a la demandada si se opusiera a esta pretensión. A medio de otrosí, solicitó el recibimiento del recurso a prueba.

SEGUNDO

Conferido traslado a la parte demandada para que contestase la demanda, lo hizo en tiempo y forma, alegando: Se niegan los hechos de la demanda, en cuanto se opongan, contradigan o no coincidan con lo que resulta del expediente administrativo. Expuso en Derecho lo que estimó pertinente y terminó suplicando que previos los trámites legales se dicte en su día sentencia, por la que desestimando el recurso se confirme el acto administrativo recurrido, con imposición de costas a la parte recurrente, y subsidiariamente, sin perjuicio de la anulación de la sanción, ordene la retroacción del procedimiento al momento inmediatamente anterior al vicio que motiva la declaración de nulidad, con imposición de costas a la parte actora.

TERCERO

Por Auto de 22 de marzo de 2002, se recibió el proceso a prueba, habiéndose...

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