Decreto 81/2000, de 5 de octubre, por el que se autoriza al Ayuntamiento de Rasines para adoptar su escudo heráldico municipal.

Sección1 - Disposiciones Generales
Rango de LeyDecreto

El Ayuntamiento de RASINES (Cantabria), ha estimado conveniente adoptar su Escudo Heráldico a fin de perpetrar en él con la adecuada simbología y conforme a las normas de la heráldica, los hechos más relevantes y peculiares de su pasado histórico. A tal efecto y, de acuerdo con las facultades que le confiere las disposiciones legales, elevó para su definitiva aprobación, el correspondiente proyecto y memoria descriptiva del mismo.

En sesión plenaria ordinaria celebrada por la Corporación municipal de Rasines el día 8 de junio de 1999, adoptó acuerdo de aprobar el expediente de adopción de Escudo Heráldico.

Dicho expediente se sustanció conforme a las normas de procedimiento establecidas en el artículo 187 del vigente Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2.568/1986, de 28 de noviembre, siendo aprobado por el Ayuntamiento Pleno conforme establece el artículo 22.2.b) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local.

La Real Academia de la Historia en sesión de 30 de junio de 2000 emitió informe en sentido favorable.

De conformidad con lo establecido en el artículo 186 del citado Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, el otorgamiento de Escudos a los Ayuntamientos se efectuará por el órgano de gobierno de la Comunidad Autónoma.

En su virtud y teniendo en cuenta lo dispuesto en el artículo 24.2 del...

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