La autonomía reproductiva. Relaciones de género, filiación y justicia

AutorSilvina Álvarez Medina
CargoProfesora Titular de Filosofía del Derecho en la Universidad Autónoma de Madrid
Páginas145-170
La autonomía reproductiva. Relaciones de género, liación y justicia 145
RJUAM, n.º 35, 2017-I, pp. 145-170ISSN: 1575-720-X
LA AUTONOMÍA REPRODUCTIVA. RELACIONES DE GÉNERO,
FILIACIÓN Y JUSTICIA*
PROCREATIVE AUTONOMY: GENDER, PARENTHOOD AND JUSTICE
RELATIONS
S Á M**
Resumen: Propiciar la autonomía reproductiva desde el derecho requiere pensar sobre el tipo de
diseño jurídico adecuado para reforzar el proceso de toma de decisiones, teniendo en cuenta la
posición de las personas en su entorno. Con tal fi n deben ubicarse las dec isiones reproductivas
en el contexto en que son tomadas, es decir, hace falta que tengamos en cuenta el entramado de
relaciones y signifi cados que intervienen en la construcción de las opciones reproductivas. Para
emprender esta tarea el presente artículo traza, en primer lugar, el alcance de los derechos repro-
ductivos. Con tal fi n, se lleva a cabo una breve introducción sobre la evolución y confi guración
de los derechos reproductivos, para pasar a continuación a analizar el concepto de autonomía
personal. Seguidamente el trabajo se centra en el contexto en que se toman las decisiones re-
productivas, para señalar el tipo de relaciones –de género, maternidad, paternidad, cuidado,
trabajo, fi liación y justicia- que el derecho debería tener en cuenta para propiciar las decisiones
reproductivas autónomas.
Palabras clave: derechos reproductivos, autonomía relacional, género y maternidad, trabajo
remunerado y cuidados, los derechos de los niños y niñas, la familia y la justicia.
Abstract: Promoting procreative autonomy throughout legal systems requires thinking about
the adequate legal design for reinforcing decisionmaking. Decisions on reproduction should be
thought within context, taking into account its relational setting as well as available options. In
order to do so, this article will focus fi rst on the scope of reproductive rights and the concept of re-
lational autonomy. Afterwards it will develop the context dimension for decisionmaking, pointing
out the sort of relationships –gender, maternity, paternity, care, working, parenthood and justice
ones- legal systems should be aware of in order to enhancing autonomous procreative decisions.
Keywords: reproductive rights, relational autonomy, gender and maternity, working mothers and
care responsibilities, children’s rights, justice and the family.
* Fecha de recepción: 7 de abril de 2017.
Fecha de aceptación: 16 de mayo de 2017.
** Profesora Titular de Filosofía del Derecho en la Universidad Autónoma de Madrid. El presente trabajo se
enmarca en el proyecto de investigación dirigido por el profesor Juan Carlos Bayón, DER2015-69217-C2-1-R,
«Reforma Constitucional: problemas fi losófi cos y jurídicos». Correo electrónico: silvina.alvarez@uam.es.
SILVINA ÁLVAREZ MEDINA
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RJUAM, n.º 35, 2017-I, pp. 145-170 ISSN: 1575-720-X
S: I. INTRODUCCIÓN; II. LA CONSIDERACIÓN DE LOS DERECHOS REPRO-
DUCTIVOS EN LOS SISTEMAS JURÍDICOS; III. LA AUTONOMÍA RELACIONAL; IV.
LAS RELACIONES DE GÉNERO: ASIMETRÍAS RELEVANTES; V. GÉNERO Y MA-
TERNIDAD: LOS CUIDADOS Y EL TRABAJO REMUNERADO; VI. REPRODUCCIÓN
Y FILIACIÓN: LAS NECESIDADES DE LOS MENORES; VII. JUSTICIA, FAMILIA Y
AUTONOMÍA REPRODUCTIVA; VIII. BIBLIOGRAFÍA.
I. INTRODUCCIÓN
La autonomía personal es un presupuesto de los sistemas jurídicos y del entramado de
derechos individuales que tales sistemas protegen y promueven. Sin embargo, sabemos que
la autonomía es una capacidad gradual cuyo ejercicio tiene lugar en el marco de un complejo
entramado de relaciones personales y contextuales. Con estas premisas, la autonomía nunca
se presenta como una capacidad absoluta, sino que se dibuja con mayor o menor intensidad.
También el derecho contribuye a trazar esos ajustes que cualifi can la autonomía. En relación
con los derechos reproductivos y para poder comprender mejor qué diseño sería conveniente
promover desde los sistemas jurídicos para propiciar la autonomía reproductiva, hace falta
que ubiquemos las decisiones reproductivas en el contexto en que son tomadas, es decir,
hace falta que tengamos en cuenta el entramado de relaciones y signifi cados que intervie-
nen en la construcción de las opciones reproductivas. Para emprender esta tarea trazaré, en
primer lugar, el alcance de los derechos reproductivos. Con tal n, en lo que sigue haré una
breve introducción sobre la evolución y confi guración de los derechos reproductivos, para
ocuparme después del concepto de autonomía personal. A continuación, me centraré en el
contexto en que se toman las decisiones, para señalar el tipo de relaciones que el derecho
debería tener en cuenta para propiciar las decisiones reproductivas autónomas.
II. LA CONSIDERACIÓN DE LOS DERECHOS REPRODUCTIVOS EN LOS
SISTEMAS JURÍDICOS
En el ámbito del derecho a la vida privada y familiar y en conexión con el derecho a la
salud, se encuentran los derechos reproductivos. Tanto en las normas como en la bibliografía
sobre la materia, a menudo no quedan claramente delimitados los ámbitos de los derechos
sexuales y los derechos reproductivos, respectivamente. Aunque no me detendré ahora en
esta cuestión, ambos conjuntos de derechos, derechos sexuales y derechos reproductivos,
se presentan a menudo fuertemente relacionados. A pesar de la conveniencia de distin-
guir unos y otros con miras a proteger dos aspectos diferentes de la vida de las personas
y especialmente de la vida de las mujeres, también es cierto que a menudo hace falta un
tratamiento conjunto1.
1 Ver BERGALLO, P., «Cambio constitucional, reproducción y derechos», en GARGARELLA, R.,
(coord.), La constitución en 2020, Buenos Aires (Siglo XXI), 2011, p. 62.

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