Comunidades autónomas de régimen común. Castilla la Mancha. Tasas

AutorRafael Calvo Ortega (director)

Normas

1) Ley 9/2000, de 21 de diciembre de 2000, de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para el año 2001 (DOCM de 29-12-00).

(…)

Disposiciones Adicionales

(…)Quinta. 1. Se elevan para el año 2001 los tipos de cuantías fijas de las tasas de la Comunidad Autónoma y las tasas de transporte, así como las tasas afectas a los servicios transferidos, hasta la cantidad que resulte de la aplicación del coeficiente 1,02 a la cuantía exigible en 2000, de acuerdo con lo previsto en la Ley 3/1990, de 18 de mayo, de Tasas y Precios Públicos. Se consideran como tipos fijos aquellos que no se determinan por un porcentaje de la base o ésta no se valora en unidades monetarias.

  1. Los tipos de gravamen regulados en el artículo 11 de la Ley 4/1989, de 14 de diciembre, de Tributación sobre Juegos de Suerte, Envite o Azar, se fijan en el 30 por ciento.

No obstante lo dispuesto en el apartado 1 de esta Disposición, se mantiene para el año 2001 la cuantía de la tasa por participación en pruebas de acceso a la función pública de Castilla-La Mancha en los mismos límites fijados para el año 2000.

(…)

Séptima. La realización de obras hidráulicas por parte de la Consejería de Obras Públicas o la financiación de las mismas a través de convenios con Administraciones Locales estará sujeta al cumplimiento de los siguientes requisitos:

— Las Administraciones Locales beneficiarias de las obras o de las ayudas a la financiación deberán aprobar los precios y tasas para la financiación de los costes económicos del servicio de abastecimiento de agua y de saneamiento y depuración de aguas residuales, de forma que permita cubrir los costes de explotación, conservación, amortización, así como los de realización de la obra civil y de los equivalentes tanto de los ya existentes como de los que se instalen.

Si de la explotación de los servicios de abastecimiento, distribución, alcantarillado y depuración, las Administraciones Locales obtuvieran unos ingresos a través de tarifas, canon fijo, anticipado o periódico, o de otros superiores a los costes económicos especificados en el apartado anterior, las Administraciones Locales beneficiarias deberán comprometerse a aplicar el exceso a actuaciones de mejora de la infraestructura o de la prestación del servicio, previo informe...

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