Gestión tributaria: Declaración, autoliquidación.Liquidaciones administrativas

AutorRafael Calvo Ortega (director)

Sentencias

1) La falta de titularidad registral impide solicitar una rectificación catastral. STSJ de Cantabria de 21-7-00. P. Sra. Artaza Bilbao. JT 2000/1546.

Fundamento Jurídico 2º: Versa la litis sobre solicitud por la recurrente de rectificación de error de superficie y calificación como de vía pública de un terreno que figura en los planos catastrales como vía pública de IDOS Corrales de Buelna, que a su entender debe figurar como de propiedad particular por pertenecer a la finca registral¿ del Libro 76 de Los Corrales de Buelna, en la parte Sur, lindante con la Avenida de José Mª Quijano, entre dos edificios construidos, de una superficie de 280 m2. La Administración se opone toda vez que no se encuentra legitimada para interesar la rectificación de errores de datos catastrales, pues no es titular registral ni acredita que ostente propiedad alguna respecto a la finca número¿ del Libro 76 de Los Corrales de Buelna .

2) Representación: la declaración es un acto de gestión tributaria y no de mero trámite. No cabe la presunción de la representación. STSJ de Aragón de 23-6-00. P. Sr. García Mata. JT 2000/1637.

Fundamento Jurídico 4º: Pero, corregida en su técnica esta aparente e inicial asimilación entre actos de gestión y actos de mero trámite , el precepto quedó reducido a la exclusiva referencia de los actos de mero trámite , dando a entender, así, a sensu contrario , que...

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