Decreto n.º 296/2010, por el que se atribuye la titularidad de la Escuela Universitaria de Enfermería de Cartagena a la Consejería de Universidades, Empresa e Investigación.

SecciónComunidad Autónoma
EmisorConsejo de Gobierno
Rango de LeyDecreto

El Estatuto de Autonomía de la Región de Murcia, en su artículo 16.1 señala que corresponde a la Comunidad Autónoma la competencia de desarrollo legislativo y ejecución de la enseñanza en toda su extensión, niveles y grados, modalidades y especialidades, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 27 de la Constitución y demás Leyes Orgánicas que lo desarrollen.

Por Real Decreto 948/1995, de 9 de junio, publicado en el “Boletín Oficial del Estado” de 7 de julio de 1995, se traspasaron funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia en materia de Universidades. En este Real Decreto se señalaba que, entre otras competencias, se traspasa a la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia la creación, supresión, adscripción e integración, según corresponda, de Facultades, Escuelas Técnicas Superiores, Escuelas Universitarias, Institutos Universitarios, Colegios Universitarios, así como aquellos centros cuya creación no corresponda a la Universidad.

Por su parte, el Decreto 29/1996, de 29 de mayo, aprobó la adscripción a la Universidad de Murcia de la Escuela Universitaria de Enfermería de Cartagena, para la impartición de las enseñanzas conducentes a la obtención del título de Diplomado en Enfermería, permaneciendo la titularidad de dicha Escuela en la Consejería de Sanidad y Política Social, según lo dispuesto en el artículo primero del mencionado Decreto.

Las características competenciales en cuanto a las funciones inherentes a la propia Escuela Universitaria de Enfermería de Cartagena como entidad educativa, y su dependencia académica de la Universidad de Murcia por su condición de centro adscrito a la misma y de la propia Consejería competente en materia de Universidades, en cuanto a los aspectos académicos y organizativos de las enseñanzas y otros de su régimen y financiación, aconsejan en aras de la racionalización de los recursos que debe presidir en el actuar de la Administración Pública, que la titularidad de la misma sea atribuida a la Consejería que ostenta la competencia en materia de universidades.

Es por ello que la presente norma tiene por objeto el cambio de la titularidad de la...

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