DECRETO 40/2002, de 5 de febrero, por el que se modifica el Decreto 48/1994, de 8 de febrero, sobre atribución de competencias relativas al régimen sancionador en materia de transporte ferroviario.

SecciónDisposiciones Generales
Rango de LeyDecreto

DECRETO

40/2002, de 5 de febrero, por el que se modifica el Decreto 48/1994, de 8 de febrero, sobre atribución de competencias relativas al régimen sancionador en materia de transporte ferroviario.

El Decreto 48/1994, de 8 de febrero, atribuye a Ferrocarrils de la Generalitat de Catalunya las facultades de instrucción de los expedientes sancionadores por infracciones de las personas usuarias que sean incoados en los términos que prevé el artículo 293 del Reglamento de la ley de ordenación de los transportes terrestres, aprobado por el Real decreto 1211/1990, de 28 de septiembre, en las líneas cuya explotación tiene encargada.

El artículo 292 del mencionado Reglamento de la Ley de ordenación de los transportes terrestres establece las prohibiciones de entrada y tránsito de personas y vehículos por las vías férreas.

La experiencia positiva en el ejercicio de la facultad instructora por parte de Ferrocarrils de la Generalitat de Catalunya y la conveniencia de reforzar las facultades de inspección de los servicios que tiene encargados, hace que se considere oportuno ampliar las facultades instructoras de Ferrocarrils de la Generalitat de Catalunya a los expedientes sancionadores incoados en los términos previstos en el artículo 292 del mencionado Reglamento, por incidir también en el funcionamiento regular de los servicios.

Por ello, a propuesta del Consejero de Política Territorial y Obras Públicas y de acuerdo con el Gobierno,

Decreto:

Artículo único

Se modifica el artículo 1.1 del Decreto 48/1994, de 8 de febrero, sobre atribución de competencias relativas al régimen sancionador en materia de transporte ferroviario, que queda redactado de la manera siguiente:

"1.1 Se atribuyen a Ferrocarrils de la Generalitat de Catalunya las facultades de instrucción de los expedientes sancionadores por infracciones de las personas usuarias que sean incoados en los términos previstos en los artículos 292 y...

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