SAP A Coruña 226/2007, 25 de Mayo de 2007

PonenteLUIS BARRIENTOS MONGE
ECLIES:APC:2007:1328
Número de Recurso160/2007
Número de Resolución226/2007
Fecha de Resolución25 de Mayo de 2007
EmisorAudiencia Provincial - A Coruña, Sección 2ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 2

LA CORUÑA/A CORUÑA

SENTENCIA: 00226/2007

AUDIENCIA PROVINCIAL DE LA CORUÑA/A CORUÑA

Sección 002

Rollo: 0000160 /2007 -M-

Órgano Procedencia: JDO. DE LO PENAL N. 1 de LA CORUÑA/A CORUÑA

Proc. Origen: PROCEDIMIENTO ABREVIADO nº 0000134 /2001

N U M E R O 226

En A Coruña, a veinticinco de mayo de dos mil siete.

LA SECCION SEGUNDA DE LA AUDIENCIA PROVINCIAL DE A CORUÑA, constituída por las Ilustrísimas Señorías DON/DOÑA Dª MARÍA DEL CARMEN TABOADA CASEIRO-Presidenta, D. LUIS BARRIENTOS MONGE y Dª MARÍA DOLORES FERNÁNDEZ GALIÑO, Magistrados/das, ha pronunciado

E N N O M B R E D E L R E Y

S E N T E N C I A

En el recurso de apelación penal número 160/07, interpuesto contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Penal Nº 1 de A Coruña, en Procedimiento Abreviado número el Juicio Oral nº 134/01, seguidas de oficio por un delito de atentado, figurando como apelante Juan representado por el procurador Sr. Bejerano Fernández y defendido por el letrado Sr. Álvarez del Campo González, y como apelado EXCMO. AYUNTAMIENTO DE A CORUÑA defendido por la letrada de sus servicios jurídicos Sra. Sobrino Nieto y el MINISTERIO FISCAL.- Siendo Ponente el Ilmo. D. LUIS BARRIENTOS MONGE.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que por el Ilmo./Ilma. Magistrado/a- Juez del Juzgado de lo Penal nº 1 de A Coruña con fecha 20-11-2006, se dictó sentencia, cuya parte dispositiva dice como sigue: "FALLO: Condeno a Juan como responsable en concepto de autor de un delito consumado de atentado, ya definido, sin la concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad penal, a la pena de prisión de 3 años y un día y la accesoria de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena. Le condeno asimismo al pago de las costas causadas. Condeno también a Juan a que indemnice al Policía Local del Ayuntamiento de A Coruña con número profesional NUM000 en la suma de 36.03 euro (5.995 pesetas).".

SEGUNDO

Que notificada dicha sentencia a las partes, se interpuso contra la misma en tiempo y forma, recurso de apelación por Juan, que le fue admitido en ambos efectos, por proveido de fecha 19-12-2006, dictado por el instructor, acordando dar el traslado prevenido en el art. 790.6 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, a las restantes partes.

TERCERO

Por proveido de fecha 6-3-2007., se acordó elevar todo lo actuado a este Tribunal, para resolver el recurso y recibidas que fueron las diligencias se acordó pasar las mismas al Ilmo. Sr. Magistrado/a Ponente.

CUARTO

En la sustanciación del presente recurso se han observado y cumplido las prescripciones y formalidades legales.

Se acepta el relato fáctico de la sentencia recurrida, que aquí se da por reproducida, en aras de la brevedad.

RAZONAMIENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

El condenado en la instancia, interpone el presente recurso de apelación, en el que se invoca la...

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