ORDEN FORAL 193/1996, de 29 de agosto, del Consejero de Salud, por la que se crea la Comisión Asesora Técnica de Ordenación de Fondos Bibliográficos del Departamento de Salud y sus Organismos Autónomos.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyOrden foral

ORDEN FORAL 193/1996, de 29 de agosto, del Consejero de Salud, por la que se crea la Comisión Asesora Técnica de Ordenación de Fondos Bibliográficos del Departamento de Salud y sus Organismos Autónomos.Boletín Oficial de Navarra Número 109 - Fecha 09/09/1996

La Orden Foral de 12 de enero de 1990, del Consejero de Salud, de estructuración de la asesoría científico-técnica en materia de salud, regula la constitución de las Comisiones Asesoras-Técnicas para el asesoramiento continuado en áreas especializadas de conocimientos y actividades sanitarias.

Con el fin de garantizar una mayor y mejor accesibilidad de los profesionales sanitarios a los fondos bibliográficos actualmente existentes, se considera necesario constituir una Comisión Asesora-Técnica que elabore un plan de racionalización y ordenación de los fondos bibliográficos y documentales en ciencias de la salud de la Administración Sanitaria Foral, que permita tanto la adopción de las innovaciones tecnológicas que en este campo se producen como la gestión efectiva y eficiente de los recursos disponibles.

En su virtud, y a tenor de lo preceptuado en el artículo 6.º de la Orden Foral de 12 de enero de 1990, del Consejero de Salud

ORDENO:

Primero.-Se crea la Comisión Asesora-Técnica de Ordenación de Fondos Bibliográficos del Departamento de Salud y sus Organismos Autónomos.

Segundo.-La Comisión estará compuesta por los siguientes miembros:

Don Javier Gost Garde

Doña Mercedes Amezgaray Legarrea

Don Pedro Antuñano Zárraga

Doña Liliana Artieda Pellejero

Don Juan Manuel Casas Fernández de Tejerina

Don Javier Díez Espino

Doña Carmen Fuertes Goñi

Don Jaime Gállego Culleré

Doña Idoia Gaminde Inda

Doña Mar Rodríguez Lusarreta

Don Julio Sola Boneta

Secretario: La Comisión elegirá un Secretario de entre sus miembros.

Tercero.-La Comisión podrá ser asistida por técnicos y asesores de manera permanente o esporádica, que actuarán con voz pero sin voto.

Cuarto.-Serán funciones de la Comisión:

  1. -Elaborar un plan de racionalización y ordenación de los fondos bibliográficos y documentales en ciencias de la salud de la Administración Sanitaria Foral que garantice la accesibilidad de los profesionales sanitarios a los fondos bibliográficos existentes en su red de bibliotecas, en el marco de una efectiva y eficiente gestión de los recursos disponibles.

  2. -Conocer e informar al Director General de Salud de las propuesta de actuación que vayan a...

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