DECRETO FORAL 689/1996, de 24 de diciembre, por el que se modifican los artículos 1.º y 2.º y la Disposición Final Segunda del Decreto Foral 135/1996, de 11 de marzo, por el que que se crea el Consejo Navarro del Euskera.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyDecreto foral

DECRETO FORAL 689/1996, de 24 de diciembre, por el que se modifican los artículos 1.º y 2.º y la Disposición Final Segunda del Decreto Foral 135/1996, de 11 de marzo, por el que que se crea el Consejo Navarro del Euskera.Boletín Oficial de Navarra Número 9 - Fecha 20/01/1997

Habiendo quedado integrada en el Departamento de Educación y Cultura la Dirección General de Política Lingüística por Decreto Foral 334/1996, de 23 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica básica de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y establecidas sus funciones y estructura por Decreto Foral 394/1996, de 26 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Educación y Cultura, se hace necesaria la modificación de los artículos 1.º y 2.º y la Disposición Final Segunda del Decreto Foral 135/1996, de 11 de marzo, relativos a la adscripción y a la composición del Consejo Navarro de Euskera.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Educación y Cultura, y de conformidad con el Acuerdo adoptado por el Gobierno de Navarra en sesión celebrada el día veinticuatro de diciembre de mil novecientos noventa y seis,

DECRETO:

Artículo único Se modifican los artículos 1.º y 2.º1 y la Disposición Final Segunda del Decreto Foral 135/1996, de 11 de marzo, que en lo sucesivo tendrán la siguiente redacción:

"Artículo 1.º Se crea el Consejo Navarro del Euskera como órgano colegiado con funciones de asesoramiento, participación y propuesta al Gobierno de Navarra en materia de normalización lingüística, adscribiéndose a efectos de funcionamiento, al Departamento de Educación y Cultura.

"Artículo 2.º1.

  1. El Consejero de Educación y Cultura, que será el Vicepresidente".

"Disposición final segunda.

Por Orden Foral del Consejero de Educación y Cultura se establecerán las indemnizaciones que deban percibir, por su asistencia al Pleno o a las Comisiones Específicas...

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