SAP Las Palmas 304/2007, 20 de Julio de 2007
Ponente | CARMEN MARIA SIMON RODRIGUEZ |
ECLI | ES:APGC:2007:1765 |
Número de Recurso | 516/2006 |
Número de Resolución | 304/2007 |
Fecha de Resolución | 20 de Julio de 2007 |
Emisor | Audiencia Provincial - Las Palmas, Sección 4ª |
Iltmos. Sres.-
PRESIDENTE: Don Víctor Caba Villarejo
MAGISTRADOS: Don Víctor Manuel Martín Calvo
Doña Carmen María Simón Rodríguez
SENTENCIA
En la Ciudad de Las Palmas de Gran Canaria a veinte de julio de dos mil siete;
VISTAS por la Sección 4ª de esta Audiencia Provincial las actuaciones de que dimana el presente rollo en virtud del recurso de apelación interpuesto contra la sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia nº Dos Las Palmas de Gran Canaria en los autos referenciados (503/2005) seguidos a instancia de DON Lázaro Y DOÑA Regina, parte apelante, representada en esta alzada por el Procurador doña Mª Loengri García Herrera y asistida por el Letrado don Juan Betancor González, contra DOÑA Marí Trini, parte apelada, representada en esta alzada por el Procurador doña Lidia Esther Ramírez González y asistida por el Letrado doña Carmen Acosta Acosta, siendo ponente la Sra. Magistrada Doña Carmen María Simón Rodríguez, quien expresa el parecer de la Sala.
Por el Juzgado de Primera Instancia No. Dos Las Palmas de Gran Canaria, se dictó sentencia en los referidos autos cuya parte dispositiva literalmente establece: « Que desestimando la demanda interpuesta por Lázaro y Regina representados por Mª Loengri García Herrera y asistidas de Juan Bethencourt González contra Marí Trini representada por Lidia Ramírez González y asistida de Carmen Acosta Acosta, declaro que no ha lugar a los pedimentos de la actora, sin perjuicio del su ejercicio a través del juicio ordinario que corresponda. Las costas procesales se imponen a la actora.
Notifíquese a las partes haciéndoles saber que contra la presente resolución cabe interponer recurso de apelación en el plazo de 5 días desde su notificación.»
La referida sentencia, de fecha 22/02/2006, se recurrió en apelación por la parte actora interponiéndose tras su anuncio el correspondiente recurso de apelación con base a los hechos y fundamentos que son de ver en el mismo. Tramitado el recurso en la forma dispuesta en el art. 461 de la Ley de Enjuiciamiento Civil la parte contraria presentó escrito de oposición al recurso alegando cuanto tuvo por conveniente y seguidamente se elevaron las actuaciones a esta Sala, donde se formó rollo de apelación. No habiéndose solicitado el recibimiento a prueba en esta alzada, sin necesidad de celebración de vista se señaló para discusión, votación y fallo el día 28/06/2007.
En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.
Frente a la sentencia de instancia, que desestimó íntegramente la demanda interpuesta, sobre acumulación de acciones de desahucio y reclamación de rentas, se alza la actora ahora apelante denunciando la vulneración de los art. 209 y 218 de...
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