SAP Madrid 347/2007, 13 de Junio de 2007

PonenteFRANCISCO JAVIER PEÑAS GIL
ECLIES:APM:2007:7231
Número de Recurso287/2006
Número de Resolución347/2007
Fecha de Resolución13 de Junio de 2007
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 20ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 20

MADRID

SENTENCIA: 00347/2007

AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID

SECCIÓN 20ª

SENTENCIA Nº

Rollo: RECURSO DE APELACION 287 /2006

Ilmos. Sres. Magistrados:

JUAN VICENTE GUTIÉRREZ SÁNCHEZ

RAMÓN FERNANDO RODRÍGUEZ JACKSON

FRANCISCO JAVIER PEÑAS GIL

En MADRID, a trece de junio de dos mil siete.

VISTOS en grado de apelación ante esta Sección 20 de la Audiencia Provincial de MADRID, los Autos de JUICIO VERBAL 1177/2004, procedentes del JDO. 1A.INST. E INSTRUCCION N. 1 de MOSTOLES, a los que ha correspondido el Rollo 287/2006, en los que aparece como parte apelante Eugenia, y como apelado Virginia, sobre reclamación de daños y perjuicios, siendo Magistrado Ponente el Ilmo. Sr. D. FRANCISCO JAVIER PEÑAS GIL.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Móstoles, en fecha 18 de abril de 2.005, se dictó sentencia, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que estimando la demanda interpuesta a instancia de Doña Virginia contra Doña Eugenia, condeno a la parte demandada al pago de la cantidad de 348 euros, así como los intereses legales desde la fecha de interposición de la demanda; ello sin expreso pronunciamiento sobre costas procesales.".

SEGUNDO

Contra la anterior resolución se interpuso recurso de apelación por la parte demandada, exponiendo las alegaciones en que basa su impugnación. Admitido el recurso en ambos efectos, se dio traslado del mismo a la apelada, que presentó escrito oponiéndose al recurso formulado de contrario. Elevados los autos ante esta Sección, fueron turnados de ponencia, y quedando pendientes de resolución, se señaló fecha para la deliberación y votación, que se ha llevado a cabo por los Magistrados de esta Sección.

TERCERO

En la tramitación del presente procedimiento han sido observadas las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS JURIDICOS
PRIMERO

Frente a la sentencia de instancia estimatoria de la demanda interpuesta por Dª Virginia en la que ejercitaba acción de condena de la demandada Dª Eugenia al pago de la cantidad satisfecha por la sustitución de la puerta de entrada a la vivienda que habita, en concepto de arrendataria, propiedad de la demandada, se alza ésta interponiendo el preceptivo recurso de apelación en el que, incidiendo en los argumentos empleados en el acto de la vista, alega su intención, siempre manifestada, de reparar la puerta en cuestión, no siendo necesaria su sustitución.

SEGUNDO

Mantiene la apelante que su...

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