SAP Pontevedra 94/2008, 29 de Febrero de 2008

PonenteJAIME ESAIN MANRESA
ECLIES:APPO:2008:601
Número de Recurso7/2008
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución94/2008
Fecha de Resolución29 de Febrero de 2008
EmisorAudiencia Provincial - Pontevedra, Sección 3ª

SENTENCIA Nº: 94/2008

En PONTEVEDRA, a veintinueve de Febrero de dos mil ocho.

Visto el recurso de apelación contra la sentencia recaída en los autos de juicio verbal civil (desahucio)nº 0186/07, seguidos ante el Juzgado de Primera Instancia nº 4 de Pontevedra (Rollo de Sala número 7/08) en el que son partes como apelante DÑA.- Rebeca , que se personó en esta instancia representada por la Procuradora Dña.- Francisca-María Rodríguez Ambrosio; y como apelada "INMOBILIARIA SAN SANTURNINO S.L.", que se personó en esta instancia representada por la Procuradora Dña.- Olga Casablanca García, siendo Ponente el Ilmo. Sr. D. JAIME ESAIN MANRESA.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Con fecha 12 de abril de 2007, recayó sentencia en los autos de que se deja hecha mención, cuyo fallo, literalmente dice: "Que estimando parcialmente la demanda interpuesta por Dª. Antonia

, actuando en calidad de Administradora de la entidad mercantil "Inmobiliaria San Saturnino, S.L.", representada por la Procuradora Sra. Casablanca, contra Dª. Rebeca , en rebeldía procesal como demandada, declaro haber lugar al desahucio y resuelto el contrato de arrendamiento que existía entre la actora y la demandada sobre la finca sita en C/ DIRECCION000 nº NUM000 - NUM001 piso NUM002 NUM003 , en Pontevedra. Asimismo, debo condenar y condeno a Dª. Rebeca a pagar a la parte demandante la cantidad de 1.294,51 euros en concepto de rentas atrasadas y gastos impagados. Todo ello sin hacer expresa imposición de costas" .

SEGUNDO

Contra dicha sentencia se preparó, en tiempo y forma, recurso de apelación por DÑA.-Rebeca , recayendo resolución del juzgado de instancia por la que se tuvo por preparado el recurso y se acordó emplazar a la parte recurrente al objeto de que lo interpusiera en legal forma, lo que efectuó dentro del plazo legal, y conferido traslado a las restantes partes, con emplazamiento por diez días, al objeto de que formularan oposición al recurso o, en su caso, de impugnación de la resolución apelada en lo que resultara desfavorable, por "INMOBILIARIA SAN SANTURNINO S.L.".

TERCERO

Remitidos los autos a esta Audiencia con los escritos de interposición al recurso y deimpugnación al mismo correspondió su conocimiento a esta Sección, por turno de reparto de fecha 10 de enero de 2008, sin que por las partes se haya propuesto prueba ni se haya solicitado la celebración de vista.

CUARTO

En la tramitación del presente recurso se han cumplido las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS JURIDICOS

Se aceptan los contenidos en la resolución impugnada.

PRIMERO

La sentencia apelada estimó parcialmente...

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