SAP Barcelona 144/2006, 2 de Marzo de 2006
Ponente | FERNANDO UTRILLAS CARBONELL |
ECLI | ES:APB:2006:5571 |
Número de Recurso | 387/2005 |
Número de Resolución | 144/2006 |
Fecha de Resolución | 2 de Marzo de 2006 |
Emisor | Audiencia Provincial - Barcelona, Sección 13ª |
AUDIENCIA PROVINCIAL
DE
BARCELONA
SECCIÓN Decimotercera
ROLLO Nº 387/2005
PROCEDIMIENTO ORDINARIO NÚM. 455/2004
JUZGADO PRIMERA INSTANCIA 3 MATARÓ (ANT.CI-4)
S E N T E N C I A Nº 144
Ilmos. Sres.
D. JUAN BAUTISTA CREMADES MORANT
Dª. ISABEL CARRIEDO MOMPIN
Dª. Mª ANGELS GOMIS MASQUÉ
D. FERNANDO UTRILLAS CARBONELL
En la ciudad de Barcelona, a dos de marzo de dos mil seis.
VISTOS, en grado de apelación, ante la Sección Decimotercera de esta Audiencia Provincial, los presentes autos de Procedimiento ordinario, número 455/2004 seguidos por el Juzgado Primera Instancia 3 Mataró (ant.CI-4), a instancia de D/Dª. Jesús María, contra D/Dª. Héctor y Dª. Rebeca ; los cuales penden ante esta Superioridad en virtud del recurso de apelación interpuesto por la parte actora contra la Sentencia dictada en los mismos el día 31 de enero de 2005, por el/la Juez del expresado Juzgado.
La parte dispositiva de la Sentencia apelada es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que desestimando la demanda interpuesta por Jesús María contra Héctor Y Rebeca, debo absolver y absuelvo a la parte demandada de los pedimentos efectuados, no dando lugar a la resolución del contrato de arrendamiento que liga a las partes respecto de la vivienda sita en DIRECCION000, n. NUM000, de Premià de Dalt (Barcelona), con expresa condena a la demandante al pago de las costas causadas.".
Contra la anterior Sentencia interpuso recurso de apelación la parte actora mediante su escrito motivado, dándose traslado a la contraria se opuso en tiempo y forma; elevándose las actuaciones a esta Audiencia Provincial.
Se señaló para votación y fallo el día 28 de febrero de 2006.
En el presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales.
VISTO, siendo Ponente el/la Ilmo/a. Sr/a. Magistrado/a D/Dª. FERNANDO UTRILLAS CARBONELL.
Apela el demandante y arrendador Sr. Jesús María la sentencia de primera instancia que desestimó la demanda de resolución del contrato de arrendamiento, de fecha 1 de enero de 1983, concertado con los demandados arrendatarios Sres. Héctor y Rebeca, en relación con la vivienda sita en Premi? de Dalt, C/ DIRECCION000 nº NUM001, por la causa de necesidad del artículo 114,11, en relación con el artículo 62,1º del Texto Refundido de la Ley de Arrendamientos Urbanos de 1964, por la nulidad del requerimiento previo de denegación de la prórroga del contrato, únicamente en cuanto a las costas de la primera instancia que se impusieron a la parte actora.
Centrada así la única cuestión discutida en la apelación, es doctrina comúnmente admitida ( Sentencias del Tribunal Supremo de 7 de marzo de 1988, 26 de junio de 1990, y 4 de julio de 1997; RJA 1559/1988, 4896/1990, y 5845/1997 ),que la condena en costas atiende no sólo a la sanción de una conducta procesal, sino a satisfacer el principio de tutela judicial efectiva, que exige que los derechos no se vean mermados por la necesidad de acudir a los Tribunales para su reconocimiento, de modo que el pago de las costas, aún solamente de las suyas, es un gravamen que en justicia no debe soportar quien se ve obligado a...
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