SAP Valencia 423/2005, 27 de Junio de 2005

JurisdicciónEspaña
Número de resolución423/2005
EmisorAudiencia Provincial de Valencia, seccion 11 (civil)
Fecha27 Junio 2005

SENTENCIA Nº____423/05____

SECCION UNDÉCIMA

ILUSTRÍSIMOS. SEÑORES:

Magistrado Presidente,

D. José Alfonso Arolas Romero

Magistrados:

Dña. Susana Catalán Muedra

D. Manuel José López Orellana

En la ciudad de Valencia, a 27 de junio de 2005.

Vistos por la Sección Undécima de esta Audiencia Provincial, siendo ponente el Ilmo. Sr. D. José Alfonso Arolas Romero, los autos de juicio Ordinario, promovidos ante el Juzgado de Primera Instancia nº 2 de Paterna, con el nº 687/03 , por MAMPAR LEVANTE S.L. contra WELLNESSSPORT CIO S.L.; sobre "reclamación de cantidad", pendientes ante la misma en virtud del recurso de apelación interpuesto por Wellnesssport Cio S.L., representado por el Procurador D. Carlos E. Solsona Espriu y dirigido por el Letrado

D. José Francisco Domenech García contra Mampar Levante S.L., representado por el Procurador Dª

Estrella Vilas Loredo y dirigido por el Letrado Dª Amparo Chiralt López.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La sentencia apelada, pronunciada por el Sr. Juez de Primera Instancia nº 2 de Paterna, en fecha 11-10-04 contiene el siguiente: "FALLO: Que estimando como estimo parcialmente la demanda presentada por el Procurador Sra. Vilas Loredo, en nombre y representación de Mampar Levante, S.L., contra Wellnesssport Cio S.L., representada por el Procurador Sr. Solsona Espriu, debo condenar y condeno a la entidad demandada a abonar a la actora la suma de veinticuatro mil trescientos treinta y cinco euros con cuarenta y ocho céntimos (24.335'48 euros), con sus correspondientes intereses legales. En orden al pago de las costas procesales, cada parte abonará las causadas a su instancia y las comunes por mitad."

SEGUNDO

Contra la misma, se interpuso en tiempo y forma recurso de apelación por el Procurador D. Carlos E. Solsona Espriu en nombre y representación de Wellnesssport Cio, S.L. y emplazadas las partes por término de 10 días, se presentó en tiempo y forma escrito de oposición por la Procuradora Dª Estrella Vilas Loredo. Admitido el recurso de apelación y remitidos los autos a esta Audiencia, se tramitó la alzada con celebración de la vista correspondiente el día 20-6-05, donde se practicó la prueba testifical propuesta por la parte demandada-apelante y admitida en esta instancia, a cuyo acto asistieron los Letrados de aquéllas, quienes solicitaron se dictara Sentencia conforme la pretensión de sus respectivos patrocinados.

TERCERO

Se han observado las prescripciones y formalidades legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

SE ACEPTAN los fundamentos de derecho de la sentencia apelada en cuanto no se opongan a lo que se dirá

PRIMERO

Habiendo contratado la mercantil "Wellnesssport Cio S.L." a la también mercantil "Mampar Levante S.L.", para que ésta le ejecutara diversas instalaciones para despachos y oficinas, por "Mampar Levante S.L." se planteó demanda contra aquella en reclamación de veinticinco mil seiscientos setenta y dos euros con cincuenta céntimos (25.672'50 €), que era el importe que dice se le había dejado de abonar de cuatro facturas: a) una, la factura 495, de 25 de Enero de 2.001, de la que se afirmaba se debían dos mil ochocientos once euros con un céntimo (2.811'01 €); b) otra, la nº 782, de 9 de enero de 2.003, por importe de dieciocho mil doscientos setenta y cinco euros con treinta y dos céntimos (18.275'32 €); c) otra, la nº 848, de 7 de mayo de 2.003, por importe de tres mil doscientos cuarenta y nueve euros con quince céntimos

(3.249'15 €); y d) finalmente, la nº 895, de 23 de septiembre de 2.003, por importe de mil trescientos treinta y siete euros con dos céntimos (1.337'02 €).

La parte demandada se opuso a tal pretensión, alegando, de un lado, la "exceptio non rite adimpleti contractus", fundada...

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