SAP Barcelona 554/2007, 6 de Noviembre de 2007

PonenteMARIA MERCEDES HERNANDEZ RUIZ-OLALDE
ECLIES:APB:2007:13056
Número de Recurso241/2007
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución554/2007
Fecha de Resolución 6 de Noviembre de 2007
EmisorAudiencia Provincial - Barcelona, Sección 4ª

AUDIENCIA PROVINCIAL

DE

BARCELONA

SECCIÓN Cuarta

ROLLO Nº 241/2007

JUICIO VERBAL NÚM. 680/2006

JUZGADO PRIMERA INSTANCIA 4 GRANOLLERS (ANT.CI-6)

S E N T E N C I A Nº 554/2007

Ilmos. Sres.

D. VICENTE CONCA PÉREZ

Dª. AMPARO RIERA FIOL

Dª. MERCEDES HERNANDEZ RUÍZ OLALDE

En la ciudad de Barcelona, a seis de noviembre de dos mil siete.

VISTOS, en grado de apelación, ante la Sección Cuarta de esta Audiencia Provincial, los presentes autos de Juicio verbal, número 680/2006 seguidos por el Juzgado Primera Instancia 4 Granollers (ant.CI-6), a instancia de D/Dª. María Antonieta, contra D/Dª. Julia ; los cuales penden ante esta Superioridad en virtud del recurso de apelación interpuesto por la parte actora contra la Sentencia dictada en los mismos el día 20 DE OCTUBRE DE 2007, por el/la Juez del expresado Juzgado.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La parte dispositiva de la Sentencia apelada es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que estimando íntegramente la demanda promovida por el Procurador de los Tribunales D. oscar Entrena Lloret en nombre de Dª María Antonieta, contra Dª Julia debo declarar y declaro que Dª Julia, no ostenta ningún tipo de derecho para seguir ocupando las porciones de terraza de las fincas sitas en la calle DIRECCION000 nº NUM000 y NUM001, de superficies 33,45 m2 y 42,85 m2 respectivamente- que aparecen grafiadas en rojo en el informe pericial que se ha dejado acompañado de documento nº 5, pagina 4-, y que se hallan en ser propiedad de dª María Antonieta y se condena a Dª Julia, a desalojar tales porciones de terraza, dejándolas libres, vacuas y expeditas y a la entera disposición de dª María Antonieta. Se imponen las costas a la parte demandada.".

SEGUNDO

Contra la anterior Sentencia interpuso recurso de apelación la parte actora mediante su escrito motivado, dándose traslado a la contraria ; elevándose las actuaciones a esta Audiencia Provincial.

TERCERO

Se señaló para votación y fallo el día 2 de octubre de 2007.

CUARTO

En el presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales.

VISTO, siendo Ponente el/la Ilmo/a. Sr/a. Magistrado/a D/Dª. MERCEDES HERNANDEZ RUÍZ OLALDE.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Se aceptan los Fundamentos de Derecho de la sentencia apelada y

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Insiste la recurrente en negar lo que denomina, en el recurso, legitimidad para el ejercicio de la acción en precario, en que la terraza formaba parte del contrato de arrendamiento, y que no podía recuperarla hasta que se realizase el traspaso del local arrendado; que la descripción se realiza de forma aproximada y que sólo se accede desde la planta entresuelo del nº NUM002 de la C/ DIRECCION001. Que aun cuando en la sentencia figura que aun cuando las terrazas no constan en el registro de la Propiedad, son de la demandante por accesión, al haberse...

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