RESOLUCIÓN DE 19 DE MAYO DE 1997, de la Direccion general de Tecnologia y Seguridad industrial, por la que se acuerda la Publicacion de la Relacion de Normas armonizadas en el ambito del Real decreto 1435/1992, de 27 de Noviembre, de aplicacion de la Directiva 89/392/cee, sobre Maquinas, modificado por real decreto 56/1995, de 20 de Enero.
Marginal | BOE-A-1997-14037 |
Sección | I - Disposiciones Generales |
Emisor | Ministerio de Industria y Energia |
Rango de Ley | Resolución |
En cumplimiento de lo previsto en el artículo 5.3 del Real Decreto 1435/1992, de 27 de noviembre («Boletín Oficial del Estado» del 11), por el que se dictaron las disposiciones de aplicación de la Directiva 89/392/CEE, del Consejo, sobre máquinas, modificado por Real Decreto 56/1995, de 20 de enero;
Considerando que por «norma armonizada» debe entenderse, según el considerando número 15 de la mencionada Directiva, «una especificación técnica (norma europea o documento de armonización), aprobada por el Comité Europeo de Normalización (CEN), o por el Comité Europeo de Normalización Electrónica (CENELEC), o por ambos, por mandato de la Comisión, con arreglo a las disposiciones de la Directiva 83/189/CEE, del Consejo, de 28 de marzo de 1983, que fija un procedimiento de información en el campo de las normas y reglamentos técnicos»;
Considerando que la Comisión ha publicado las referencias de nuevas normas armonizadas en el «Diario Oficial de las Comunidades Europeas», desde la promulgación de la Resolución de 1 de junio de 1996 de esta Dirección General;
Considerando que debe ponerse a disposición de los interesados la información existente sobre tales normas armonizadas, incluso si no existen todavía normas nacionales que las traspongan, dado que, según el artículo 5.1 del Real Decreto 1435/1992, las máquinas diseñadas con arreglo a las mismas gozan de la presunción de conformidad con los requisitos esenciales de dicho Real Decreto;
Estimando conveniente reproducir en su totalidad la lista de normas armonizadas existentes hasta el momento,
Esta Dirección General ha resuelto disponer la publicación de la relación de normas armonizadas en el ámbito de la Directiva 89/392/CEE, sobre máquinas, y sus sucesivas modificaciones, traspuestas al ordenamiento jurídico español mediante el Real Decreto 1435/1992, de 27 de noviembre, y el Real Decreto 56/1995, de 20 de enero, cuyas referencias han sido publicadas hasta la fecha en el «Diario Oficial de las Comunidades Europeas».
La referida relación, que figura como anexo a la presente Resolución, debe entenderse a título informativo y sujeta a posteriores actualizaciones, en función de los mecanismos de elaboración previstos y de acuerdo con lo establecido en el artículo 5.3 del Real Decreto 1435/1992, antes citado.
Dicha relación sustituye a la publicada mediante Resolución de la Dirección General de Tecnología y Seguridad Industrial, de 1 de junio de 1996 («Boletín Oficial del Estado» del 27).
Lo que se comunica para general conocimiento.
Madrid, 19 de mayo de 1997.-La Directora general, Elisa Robles Fraga.
ANEXO
Normas armonizadas que dan presunción de conformidad con los requisitos esenciales de seguridad de la Directiva «Máquinas»
Diario Oficial de las
Comunidades Europeas
/ Adopción por AENOR
Código
de la norma armonizada / Número / Fecha / Título de la norma armonizada / Código UNE
norma armonizada / Fecha publica-
ción en «BOE»
EN 115:1995 / C 165 / 1- 7-1995 / Reglas de seguridad para la fabricación e instalación de escaleras mecánicas y andenes móviles / UNE-EN 115:1995 / 15- 2-1996
EN 289:1993 (4) / C 207 / 27- 7-1994 / Maquinaria de plásticos y caucho. Prensas de moldeo por compresión y por transferencia. Prescripciones de seguridad para el diseño / UNE-EN 289:1994 / 16-11-1994
EN 292-1:1991 / C 157 / 24- 6-1992 / Seguridad de las máquinas. Conceptos básicos. Príncipios generales para el diseño. Parte 1: Terminología básica, metodología / UNE-EN 292-1:1993 / 10- 6-1993
EN 292-2:1991 / C 157 / 24- 6-1992 / Seguridad de las máquinas. Conceptos básicos. Principios generales para el diseño. Parte 2: Principios y especificaciones técnicas / UNE-EN 292-2:1993 / 10- 6-1993
EN 292-2/A1:1995 / C 42 / 14- 2-1996 / Seguridad de las máquinas. Conceptos básicos. Principios generales para el diseño. Parte 2: Principios y especificaciones técnicas / UNE-EN 292-2 Mod. 1:1996 / 3- 5-1996
EN 294:1992 / C 229 / 25- 8-1993 / Seguridad de las máquinas. Distancias de seguridad para impedir que se alcancen zonas peligrosas con los miembros superiores / UNE-EN 294:1993 / 22-11-1993
EN 349:1993 / C 229 / 25- 8-1993 / Seguridad de las máquinas. Distancias mínimas para evitar el aplastamiento de partes del cuerpo humano / UNE-EN 349:1994 / 14- 6-1994
EN 418:1992 / C 229 / 25- 8-1993 / Seguridad de las máquinas. Equipo de parada de emergencia, aspectos funcionales. Principios para el diseño / UNE-EN 418:1993 / 28- 1-1994
EN 422:1995 (4) / C 229 / 8- 8-1996 / Máquinas para caucho y plástico. Seguridad. Máquinas de moldeo por soplado para la fabricación de cuerpos huecos. Requisitos para el diseño y construcción / UNE-EN 422:1996 / 3- 5-1996
EN 457:1992 / C 229 / 25- 8-1993 / Seguridad de las máquinas. Señales audibles de peligro. Requisitos generales, diseño y ensayos / UNE-EN 457:1993 / 10- 6-1993
EN 474-1:1994 (4) / C 377 / 31-12-1994 / Maquinaria para movimiento de tierras. Seguridad. Parte 1: Requisitos generales / UNE-EN 474-1:1995 / 23-12-1995
EN 474-2:1996 (4) / C 306 / 15-10-1996 / Maquinaria para movimiento de tierras. Seguridad. Parte 2: Requisitos para tractores / UNE-EN 474-2:1996 / 3- 2-1997
EN 474-3:1996 (4) / C 306 / 15-10-1996 / Maquinaria para movimiento de tierras. Seguridad. Parte 3: Requisitos para cargadoras / UNE-EN 474-3:1996 / 3- 2-1997
EN 474-4:1996 (4) / C 306 / 15-10-1996 / Maquinaria para movimiento de tierras. Seguridad. Parte 4: Requisitos para retrocargadoras / UNE-EN 474-4:1996 / 3- 2-1997
EN 474-5:1996 (4) / C 306 / 15-10-1996 / Maquinaria para movimiento de tierras. Seguridad. Parte 5: Requisitos para excavadoras...
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