ORDEN FORAL 977/97, de 12 de agosto, de la Consejera de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda, por la que se aprueba definitivamente el expediente de modificación de las Normas Subsidiarias de Arazuri (Cendea de Olza), en parcela 77 manzana 124, promovido por don José Luis Juango Gascue.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyOrden foral

ORDEN FORAL 977/97, de 12 de agosto, de la Consejera de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda, por la que se aprueba definitivamente el expediente de modificación de las Normas Subsidiarias de Arazuri (Cendea de Olza), en parcela 77 manzana 124, promovido por don José Luis Juango Gascue.Boletín Oficial de Navarra Número 105 - Fecha 01/09/1997

El Ayuntamiento de la Cendea de Olza ha presentado ante el Departamento de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda, para su aprobación definitiva, el expediente descrito en el encabezamiento.

Vista la documentación aportada, así como el informe favorable del Servicio de Ordenación del Territorio y Urbanismo, se considera procedente su aprobación definitiva, con las determinaciones señaladas en la parte dispositiva de esta Orden Foral.

En consecuencia, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 116 de la Ley Foral 10/1994, de 4 de julio, de Ordenación del Territorio y Urbanismo,

ORDENO:

  1. Aprobar definitivamente el expediente de modificación de las Normas Subsidiarias de Arazuri (Cendea de Olza), en parcela 77 manzana 124, promovido por don José Luis Juango Gascue, con las siguientes determinaciones:

    1. Compromiso de que, de modo previo o simultáneo a la urbanización de la unidad del suelo urbanizable, se cederá y urbanizará el nuevo vial rodado público situado en suelo urbano.

    2. De acuerdo con el artículo 82.B de la Ley Foral 10/1994, los terrenos urbanizables regulados directamente deberá determinar un Area de Reparto, un Sector y una unidad.

      El uso y tipología edificatoria característico, será el residencial vivienda unifamiliar aislada y el aprovechamiento tipo será de 0,3 m2/ m2 de uso y tipología característico.

    3. Se deberá asegurar el acceso a la zona verde pública a través de vías de titularidad pública, por lo que al menos deberá urbanizarse toda la parte de vial situado frente a la zona verde.

    4. Se deberán recoger las siguientes determinaciones correspondientes a un Plan Parcial (artículo 89 Ley Foral 10/1994):

      -Sistema de actuación: reparcelación voluntaria.

      -Acreditación de que los itinerarios viarios peatonales resultan accesibles a personas minusválidas.

      -La evaluación económica estimativa de la implantación de los servicios y de la ejecución de las obras de urbanización, es de 1.000.000 ptas. (no incluye los costos de ejecución de las obras de...

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