DECRETO 76/1994, de 31 de mayo, por el que se aprueban las relaciones de puestos de trabajo de personal funcionario, personal laboral y personal sanitario al Servicio de la Sanidad Local, de la Consejería de Bienestar Social de la Junta de Extremadura.

SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorConsejeria de Presidencia y Trabajo
Rango de LeyDecreto

DECRETO 76/1994, de 31 de mayo, por el que se aprueban las relaciones de puestos de trabajo de personal funcionario, personal laboral y personal sanitario al Servicio de la Sanidad Local, de la Consejería de Bienestar Social de la Junta de Extremadura.

Según lo dispuesto en el artículo 26 del Texto Refundido de la Ley de la Función Pública de Extremadura, aprobado por Decreto Legislativo 1/1990, de 26 de julio, las relaciones de puestos de trabajo actúan como el instrumento técnico a través del cual se realiza la ordenación del personal de acuerdo con las necesidades de los servicios, habiéndose de realizar a través de dichas relaciones la creación, modificación y supresión de puestos de trabajo.

Por Decreto del Presidente 23/1993, de 21 de abril, de distribución de competencias a las Consejerías que conforman la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, se atribuyeron a la Consejería de Bienestar Social las competencias hasta entonces asignadas a las Consejerías de Emigración y Acción Social y de Sanidad y Consumo, y por Decreto 57/1993, de 27 de abril, se aprobó la estructura orgánica de la Consejería de Bienestar Social.

Así mismo, por Decreto 82/1993, de 6 de julio, se integraron las relaciones de puestos de trabajo de personal funcionario y personal laboral de las Consejerías de Sanidad y Consumo y de Emigración y Acción Social, aprobadas por Decretos 84/1992 y 87/1992, de 30 de junio y 57/1992 y 60/1992, de 19 de mayo, respectivamente, en la relación de puestos de trabajo de la Consejería de Bienestar Social.

No obstante, como quiera que tan sólo fue objeto del referido Decreto la integración de las relaciones de puestos de trabajo que hasta entonces se hallaban vigentes, sin que se procediera a la modificación de las mismas, corresponde ahora, debido al tiempo transcurrido que ha hecho que se generen nuevas circunstancias que propician más que nunca la consecución de objetivos de austeridad en el gasto público y a hechos relevantes como la entrada en vigor del II Convenio Colectivo para el personal laboral, acometer un ajuste en profundidad de las relaciones de puestos de trabajo que permita afrontar las necesidades que se detectan en materia de recursos humanos, así como mejorar determinados aspectos de este instrumento de gestión de los referidos recursos.

Por ello, mediante Decreto 29/1994, de 7 de marzo se establecen criterios a seguir para la elaboración y aprobación de las relaciones...

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