ORDEN de 20 de febrero de 2008, por la que se aprueba el Plan Anual de Inspección de Servicios Sanitarios.

Sección1. Disposiciones Generales
EmisorCONSEJERIA DE SALUD
Rango de LeyOrden

ORDEN de 20 de febrero de 2008, por la que se aprueba el Plan Anual de Inspección de Servicios Sanitarios.

El artículo 14 del Reglamento de Ordenación de la Inspección de Servicios Sanitarios de la Junta de Andalucía, aprobado por Decreto 224/2005, de 18 de octubre, establece que por Orden de la Consejería de Salud se aprobará el Plan Anual de Inspección en el que se definirán los programas generales y específicos correspondientes, desarrollándose las funciones de acuerdo con este Plan.

En la elaboración del Plan se ha dado participación a los distintos órganos directivos de la Consejería de Salud, Servicio Andaluz de Salud y Delegaciones Provinciales de Salud, habiéndoseles solicitado propuestas de actuación a incluir en el ejercicio 2008, que suponen una gran parte de los programas específicos que se van a desarrollar.

Las funciones atribuidas a la Inspección de Servicios Sanitarios en el Reglamento de Ordenación de la misma determinan las actuaciones inspectoras que configuran el Plan Anual, definiéndose las actividades en virtud de las distintas materias que son competencia de la Inspección, como son los derechos y obligaciones de la ciudadanía en el ámbito sanitario, la prestación y atención sanitaria ofrecida por los centros, establecimientos y servicios sanitarios, la prestación farmacéutica, las prestaciones del sistema de Seguridad Social en el ámbito competencial de la Comunidad Autónoma y, en general, la inspección del cumplimiento de la normativa sanitaria y calidad asistencial prestada. Las actividades realizadas en base a solicitudes de la ciudadanía u órganos competentes y reglamentariamente establecidas no son propiamente objetivos, sino previsiones de actividad, pero se incluyen en el Plan con objeto de dar transparencia a todas las actuaciones inspectoras y por suponer una importante carga de trabajo.

En su virtud, a propuesta de la Secretaria General Técnica, de conformidad con el artículo 14.1 del Decreto 224/2005, de 18 de octubre, y el artículo 46.4 de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

D I S P O N G O

Artículo único Aprobar el Plan Anual de Inspección de Servicios Sanitarios para 2008 que figura como Anexo a la presente Orden.
Disposiciones Finales
Disposición final primera Facultar a la Secretaria General Técnica para la adopción de las medidas necesarias en orden al desarrollo y ejecución de los programas de inspección.
Disposición final segunda La presente Orden tendrá efectividad a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 20 de febrero de 2008

MARÍA JESÚS MONTERO CUADRADO

Consejera de Salud

A N E X O

PLAN ANUAL DE INSPECCIÓN DE SERVICIOS SANITARIOS 2008

El Plan Anual de Inspección establece los objetivos a desarrollar en cada ejercicio anual por la Inspección de Servicios Sanitarios en cumplimiento de las funciones asignadas a ésta.

Para ello se estructura en los 3 programas generales de actuación en que se encuentra organizada la Inspección y los correspondientes programas específicos que los desarrollan.

En este ejercicio se ha continuado incorporando en la estructura del plan las líneas estratégicas que se han definido en el II Plan de Calidad del Sistema Sanitario Público de Andalucía por la Consejería de Salud, en la medida que son aplicables a las funciones que desarrolla la Inspección de Servicios Sanitarios.

Los programas generales son:

  1. Programa general de Inspección de Centros y Servicios Sanitarios.

  2. Programa general de Inspección Farmacéutica.

  3. Programa general de Inspección de Incapacidad Laboral.

    Las líneas estratégicas que informan sobre las pautas y dirección que han de seguir las actuaciones definidas en los programas específicos son:

    Línea estratégica dirigida a asumir necesidades y expectativas de la ciudadanía: Ello significa que se ha identificado su papel central en el sistema sanitario y la obligación de establecer un sistema de garantías que lo preserve, desarrollando nuevos derechos, mecanismos que aumenten su participación, que la relación con el sistema sea más personalizada y transparente.

    Línea estratégica de garantía de calidad de los centros sanitarios: Las autorizaciones administrativas por parte de la autoridad sanitaria de centros y establecimientos sanitarios, son el inicio del proceso de garantía de calidad, por el que se acredita el cumplimiento de los criterios mínimos de calidad o requisitos que se exigen. Posteriormente, de acuerdo al modelo de acreditación de Andalucía, en un proceso de mejora continua buscando la excelencia en la prestación de los servicios, se podrán ir solicitando certificaciones de cumplimiento de criterios más exigentes.

    Línea estratégica de garantía de calidad de los servicios sanitarios: La gestión clínica, la gestión por procesos, la gestión por competencias son elementos en los que se está avanzando y que precisan una evaluación de su desarrollo.

    Línea de colaboración de la Inspección de Servicios Sanitarios de la Junta de Andalucía con otras Instituciones.

    En el caso del programa de inspección de incapacidad laboral, se ha incluido la línea estratégica dirigida a impulsar la innovación y modernización del sistema, puesto que la gestión de la información y de la tecnología que lo soporta es un instrumento de primera magnitud en la gestión de la incapacidad laboral, por lo que se ha incluido en este programa general. I. PROGRAMA GENERAL DE INSPECCIÓN DE CENTROS Y

    SERVICIOS SANITARIOS

    I.A. Línea estratégica destinada a asumir necesidades y ex-

    pectativas de la ciudadanía.

    Programas específicos:

    I.A.1. Denuncias con relación a la atención sanitaria.

    Objetivos y contenido: Se elaborarán los informes solicitados por la autoridad sanitaria, derivados de denuncias relativas al funcionamiento de centros, establecimientos y servicios sanitarios, prestaciones sanitarias y garantías reconocidas a la ciudadanía. Los informes se realizarán en el plazo acordado por la autoridad sanitaria, pudiendo solicitarse la autorización de prórrogas para su finalización, en función de la complejidad de la investigación necesaria para esclarecer los hechos denunciados.

    Ámbito de actuación: Todos los informes solicitados por la autoridad sanitaria, derivados de denuncias relativas a este objetivo.

    I.A.2. Accesibilidad al programa de vacunaciones.

    Objetivos y contenido: Conocer la accesibilidad al programa de vacunaciones en la Comunidad Autónoma de Andalucía. Se realizará un programa de evaluación de las actividades relacionadas con el programa de vacunaciones, como horarios, material de educación para la salud, disponibilidad de vacunas que se administran, información acerca de la existencia de programas de vacunaciones en otros centros como los docentes, residencias de personas mayores, centros de inmigrantes.

    Ámbito de actuación: Puntos de vacunación del Sistema Sanitario Público de Andalucía (puntos de desagregación de la información: mínimo provincial, deseable por Distrito Sanitario).

    I.A.3. Accesibilidad horaria en Centros de Salud.

    Objetivos y contenido: Evaluación del cumplimiento del Decreto 137/2002, de 30 de abril, de apoyo a las familias andaluzas, en cuanto a accesibilidad a los centros. Evaluación del cumplimiento del horario de 8 a 20 horas ininterrumpidamente con trabajo programado, en los centros de salud.

    Ámbito de actuación: Centros de salud.

    I.A.4. Evaluación de la utilización de los materiales de un programa de promoción de la salud, editado por la Consejería de Salud, en centros de Atención Primaria.

    Objetivos y contenido: Conocer el uso y la disponibilidad, en los centros de Atención Primaria, de los materiales de promoción de la salud, entre ellos, los relativos a alimentación saludable, embarazo y lactancia, tabaquismo y diabetes, proporcionados por la Consejería de Salud.

    Ámbito de actuación: Centros de Atención Primaria, que se seleccionen.

    I.A.5. Evaluación de solicitudes de asistencia sanitaria a través del SIFCO (Sistema de Información del Fondo de Cohesión Sanitaria).

    Objetivos y contenido: Valorar el uso y cumplimentación de la aplicación SIFCO en expedientes tramitados en el 2007.

    Ámbito de actuación: Hospitales del Sistema Sanitario Público de Andalucía.

    I.A.6. Medidas sanitarias frente al tabaquismo en centros sanitarios.

    Objetivos y contenido: En todas las actuaciones inspectoras, tanto en el sector público como en el privado, se vigilará en centros, establecimientos o servicios sanitarios el cumplimiento de la Ley 28/2005, de 26 de diciembre, de medidas sanitarias frente al tabaquismo y reguladora de la venta, el suministro, el consumo y la publicidad de los productos del tabaco, en lo relativo a venta, consumo, publicidad. En caso de detección de incumplimiento se elevará acta de inspección, dándose copia a la dirección del centro sanitario y remitiéndose la misma al Delegado Provincial de Salud correspondiente.

    Ámbito de actuación: Todos los Centros sanitarios visitados públicos o privados con motivo de cualquier actuación inspectora.

    I.A.7. Evaluación de buenas prácticas en atención perinatal.

    Objetivos y contenidos: Evaluar el cumplimiento de los criterios de buenas prácticas en atención perinatal establecidos en el Decreto 246/2005, de 8 de noviembre, que regula el ejercicio del derecho de las personas menores de edad a recibir atención sanitaria en condiciones adaptadas a las necesidades propias de su edad y desarrollo y se crea el Consejo de Salud de las Personas Menores de Edad, así como en las directrices de la Consejería de Salud y del Servicio Andaluz de Salud, valorándose específicamente las relativas a la atención al parto, al postparto y a la atención neonatal.

    Ámbito de actuación: Hospitales del Sistema Sanitario Público de Andalucía y Concertados que sean seleccionados. I.B. Línea estratégica...

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