Orden Foral 12/2008, de 24 de abril, por la que se modifica la Orden Foral 26/2007, que aprobó la Normativa Reguladora de la Gestión de las Bolsas de Empleo Temporal del Organismo Autónomo Instituto Foral de Bienestar Social para la prestación de servicios de carácter temporal.

SecciónDisposiciones Administrativas
Rango de LeyOrden foral

El artículo 33 de la Ley 3/1989 de 6 de julio, de la Función Pública Vasca (reformada por la Ley 16/1997, de 7 de noviembre), puesto en relación con el artículo 10.2 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, dispone que la selección de los funcionarios interinos y personal laboral temporal se llevará a cabo conforme a los procedimientos que reglamentariamente se determinen, atendiendo a los principios de publicidad, igualdad, mérito y capacidad, y procurando la máxima agilidad. Además, el artículo 58 del Decreto 190/2004, de 13 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de Provisión de Puestos de Trabajo del personal funcionario de las Administraciones Públicas Vascas, corrobora el pronunciamiento legal y habilita a cada Administración vasca para que establezca su propia normativa sobre la materia; a su vez, este precepto marca unos criterios de selección, ordenados y priorizados.

La experiencia acumulada desde la Orden Foral 26/2007 de 24 de mayo, por la que se aprueba la Normativa Reguladora de la Gestión de las Bolsas de Empleo Temporal del Organismo Autónomo Instituto Foral de Bienestar Social para la prestación de servicios de carácter temporal aconseja la puesta al día de esta regulación y su adaptación, de forma que se puedan abordar con eficacia los nuevos problemas que la gestión cotidiana de las bolsas ha ido planteando.

La citada Orden Foral 26/2007, de 24 de mayo, establece en su Capítulo IV, Artículo 11, la creación de una Comisión de Seguimiento y Control de las Bolsas de Empleo Temporal, formada por representantes institucionales del Instituto Foral de Bienestar Social y un representante de cada grupo sindical de los que conforman la Junta de Personal de este Organismo Autónomo.

Entre las funciones de dicha Comisión, que establece dicho Artículo 11, figura la de proponer modificaciones a la Normativa Reguladora de la Gestión de las Bolsas de Empleo Temporal, para su estudio, y, en su caso, aprobación por los órganos competentes.

En sendas reuniones celebradas por la Comisión de Seguimiento y Control de las Bolsas de Empleo Temporal, se adoptaron los correspondientes acuerdos de propuesta de modificación de ciertos aspectos de la Normativa Reguladora con el objeto de mejorar su funcionamiento en una doble vertiente, por un lado...

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