Aplicación provisional del Acuerdo complementario del Convenio Básico de cooperación científica y técnica entre el Reino de España y los Estados Unidos Mexicanos para el financiamiento de programas y proyectos de cooperación, hecho ad referendum en Ciudad de México el 9 de marzo de 2022.

MarginalBOE-A-2022-16435
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación

ACUERDO COMPLEMENTARIO DEL CONVENIO BÁSICO DE COOPERACIÓN CIENTÍFICA Y TÉCNICA ENTRE EL REINO DE ESPAÑA Y LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS PARA EL FINANCIAMIENTO DE PROGRAMAS Y PROYECTOS DE COOPERACIÓN

Los Gobiernos del Reino de España y de los Estados Unidos Mexicanos, en adelante denominados «las Partes»,

Convencidos de que el desarrollo social, el avance de las comunicaciones y la convergencia de objetivos económicos y sociales entre las naciones de la Comunidad Iberoamericana, abre un nuevo potencial de cooperación entre nuestros pueblos, como lo demuestran las Cumbres Iberoamericanas de Jefes de Estado y de Gobierno que se han llevado a cabo hasta la fecha,

Conscientes de que la nueva realidad social y económica exige una mayor racionalización en la gestión de las actividades de cooperación,

Animados por las múltiples oportunidades que la globalización de las economías y la apertura de los mercados pueden crear para el desarrollo de nuestros pueblos,

Tomando en consideración las disposiciones del Convenio Básico de Cooperación Científica y Técnica y del Tratado General de Cooperación y Amistad entre el Reino de España y los Estados Unidos Mexicanos, suscritos el 14 de octubre de 1977 y el 11 de enero de 1990, respectivamente,

Teniendo como referencia el Acuerdo Complementario del Convenio Básico de Cooperación Científica y Técnica entre los Estados Unidos Mexicanos y el Reino de España para el Finamiento de Programas y Proyectos de Cooperación, firmado en Madrid el 25 de enero de 1996, al que este nuevo Acuerdo pretende substituir,

Han acordado lo siguiente:

CAPÍTULO I Disposiciones generales Artículos 1 a 4
Artículo 1

El objetivo del presente Acuerdo es el de establecer el Fondo Mixto de Cooperación Técnica y Científica México-España para el Financiamiento de Programas y Proyectos de Cooperación entre las Partes, en las áreas mutuamente definidas como prioritarias.

Artículo 2

Las respectivas aportaciones consistirán en aportaciones monetarias bajo la modalidad de cofinanciamiento.

Artículo 3

Las Partes podrán, siempre que lo consideren necesario, propiciar la participación de otras fuentes de financiamiento, sean éstas de carácter público o privado, debiendo prevalecer el principio de coordinación en la actuación de todos los actores de la cooperación que participen en un determinado...

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