Orden INT/279/2013, de 15 de febrero, por la que se determinan los municipios a los que son de aplicación las medidas previstas en la Ley 14/2012, de 26 de diciembre, por la que se aprueban medidas urgentes para paliar los daños producidos por los incendios forestales y otras catástrofes naturales ocurridos en varias comunidades autónomas.
Fecha de Entrada en Vigor | 22 de Febrero de 2013 |
Marginal | BOE-A-2013-1967 |
Sección | I - Disposiciones Generales |
Emisor | Ministerio del Interior |
Rango de Ley | Orden |
El Real Decreto-ley 25/2012, de 7 de septiembre, por el que se aprueban medidas urgentes para paliar los daños producidos por los incendios forestales y otras catástrofes naturales ocurridos en varias comunidades autónomas, prevé su aplicación a las personas y bienes afectados por los incendios forestales acaecidos en diversas comunidades autónomas desde primeros del mes de junio hasta su entrada en vigor, el 7 de septiembre de 2012, así como por las fuertes tormentas de pedrisco sucedidas desde el mes de mayo de ese año.
Los concretos términos municipales y núcleos de población afectados se determinaron, tal y como establece el artículo 1.2 del real decreto-ley, mediante la Orden INT/2269/2012, de 23 de octubre.
Con posterioridad, mediante el Real Decreto 1505/2012, de 2 de noviembre, se hizo uso de la habilitación excepcional prevista en el artículo 1.3 del Real Decreto-ley 25/2012, de 7 de septiembre, para ampliar su ámbito de aplicación, previendo su extensión a las lluvias torrenciales y otros fenómenos naturales ocurridos durante los últimos días del mes de septiembre de 2012 en las Comunidades Autónomas de Andalucía, Murcia y Valencia, y durante los días 20 y 21 de octubre de 2012 en las Comunidad Autónoma de Aragón y en la Comunidad Foral de Navarra, indicando expresamente los concretos municipios y núcleos de población a los que serían de aplicación en su anexo.
Con ocasión de la convalidación del referido Real Decreto-ley 25/2012, de 7 de septiembre, el Congreso de los Diputados adoptó la decisión de llevar a cabo también su tramitación parlamentaria como proyecto de ley, siendo finalmente aprobado como Ley 14/2012, de 26 de diciembre.
El ámbito de aplicación de esta norma, como es lógico, se superpone parcialmente con el recogido en el precedente normativo del que trae causa, pues afecta a incendios acaecidos desde el 1 de junio, a tormentas de pedrisco desde el 1 de mayo y a lluvias torrenciales e inundaciones acaecidas durante los últimos días del mes septiembre y octubre, todo ello hasta el 27 de diciembre de 2012 (fecha de entrada en vigor de la ley).
Además, la Ley 14/2012, de 26 de diciembre, incluye medidas nuevas no recogidas en el Real Decreto-ley 25/2012, de 7 de septiembre, como las ayudas a corporaciones locales por gastos derivados de la evacuación de personas o...
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