Orden de 21 de diciembre de 2011, del Departamento de Justicia, por la que se dispone un nuevo aplazamiento de la ejecución de la demarcación registral prevista para el año 2009 en la Orden JUS/390/2007, de 23 de octubre, por la que se dictan normas para la ejecución del Real Decreto 172/2007, de 9 de febrero, por el que se modifica la demarcación de los Registros de la Propiedad, Mercantiles y de Bienes Muebles.
Marginal | BOE-A-2011-20602 |
Sección | III - Otras Disposiciones |
Emisor | Comunidad Autónoma de Cataluña |
Rango de Ley | Orden |
El Real Decreto 172/2007, de 9 de febrero, por el que se modifica la demarcación de los registros de la propiedad, mercantiles y de bienes muebles, aprobó una modificación del mapa de las oficinas registrales que significó para Cataluña la creación de cincuenta y nueve registros.
Al amparo del artículo 147 del Estatuto de autonomía, aprobado por la Ley Orgánica 6/2006, de 19 de julio, que otorga competencias ejecutivas a la Generalidad en materia de notarías y registros, y de la disposición final segunda del Real Decreto 172/2007, de 9 de febrero, por la Orden JUS/390/2007, de 23 de octubre, se dictaron normas para la ejecución del mencionado real decreto, en especial con respecto a las fechas de funcionamiento independiente de los registros y la regulación del período de transición hasta el funcionamiento independiente.
La mencionada Orden dispone, en el artículo 2, que la Dirección General de Derecho y de Entidades Jurídicas debe proveer en concurso ordinario durante los años 2007, 2008 y 2009 los registros de la propiedad, mercantiles y de bienes muebles creados por el Real Decreto 172/2007, de 9 de febrero, que se enumeran en los anexos correspondientes.
Por la Resolución JUS/3396/2007, de 7 de noviembre, se convocó concurso ordinario para proveer registros vacantes de la propiedad, mercantiles y de bienes muebles, entre los que se incluían los veintinueve registros de demarcación que, de acuerdo con la Orden JUS/390/2007, de 23 de octubre, se debían proveer durante el año 2007.
Por la Resolución JUS/4014/2008, de 30 de diciembre, se convocó concurso ordinario para proveer registros vacantes de la propiedad, mercantiles y de bienes muebles, entre los que se incluían los quince registros de demarcación que, de acuerdo con la Orden JUS/390/2007, de 23 de octubre, se debían proveer durante el año 2008.
Por la Orden JUS/48/2010, de 2 de febrero, se aplazó la ejecución de la demarcación registral prevista para el año 2009 en la Orden JUS/390/2007, de 23 de octubre; y por la Orden JUS/585/2010, de 10 de diciembre, se dispuso un nuevo aplazamiento de la ejecución de la demarcación registral prevista para el año 2009 en la Orden JUS/390/2007, de 23 de octubre.
Dado que, de acuerdo con el artículo 147.1.c) del Estatuto de autonomía, la Generalidad de Cataluña tiene competencia ejecutiva para establecer las demarcaciones notariales y registrales...
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