SAP Málaga 865/2005, 11 de Noviembre de 2005

PonenteJOAQUIN IGNACIO DELGADO BAENA
ECLIES:APMA:2005:4231
Número de Recurso734/2005
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución865/2005
Fecha de Resolución11 de Noviembre de 2005
EmisorAudiencia Provincial - Málaga, Sección 4ª

MANUEL TORRES VELAJOAQUIN IGNACIO DELGADO BAENAJOSE LUIS LOPEZ FUENTES

S E N T E N C I A Nº 865

AUDIENCIA PROVINCIAL MÁLAGA

SECCION CUARTA

PRESIDENTE ILMO. SR.

D.MANUEL TORRES VELA

MAGISTRADOS, ILTMOS. SRES.

D.JOAQUIN DELGADO BAENA

D.JOSE LUIS LOPEZ FUENTES

REFERENCIA:

JUZGADO DE PROCEDENCIA: JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA NUMERO 3 DE MARBELLA

ROLLO DE APELACIÓN Nº 734/2005

JUICIO Nº 219/2004

En la Ciudad de Málaga a once de noviembre de dos mil cinco.

Visto, por la SECCION CUARTA de esta Audiencia, integrada por los Magistrados indicados al márgen, el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia dictada en juicio de Proced. Ordinario (N) seguido en el Juzgado de referencia. Interpone el recurso NATIONALE NEDERLANDEN VIDA COMPAÑIA DE SEGUROS Y REASEGUROS S A E que en la instancia fuera parte demanda y comparece en esta alzada representado por el Procurador D. DEL MORAL PALMA, BALDOMERO y defendido por el Letrado D. . Es parte recurrida Montserrat que está representado por el Procurador D. DUARTE GUTIERREZ DE LA CUEVA, ANTONIA y defendido por el Letrado D. LEAL ARAGONCILLO, RAMON MARIA, que en la instancia ha litigado como parte demandante/demandada .

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El Juzgado de Primera Instancia dictó sentencia el día 11/2/05 , en el juicio antes dicho, cuya parte dispositiva es como sigue:

"Que ESTIMANDO TOTALMENTE la demanda interpuesta por Doña Montserrat (actuando en su propio nombre y derecho y en el de sus hijas menores de edad Yolanda y Luisa ) contra la entidad aseguradora Nationale-Nederlanden, Compañia de Seguros de Vida N.V., condeno a ésta a abonar a la actora la cantidad de 78.538,12 euros (setenta y ocho mil quinientos treinta y ocho euros con doce centimos); mas el interes previsto en el art. 20 de la Ley de Contrato de Seguro ; condenando, igualmente , a la entidad demandada al pago de las costas procesales causadas".

SEGUNDO

Interpuesto recurso de apelación y admitido a trámite, el Juzgado realizó los preceptivos traslados y una vez transcurrido el plazo elevó los autos a esta Sección de la Audiencia, donde se formó rollo y se ha turnado de ponencia. La votación y fallo ha tenido lugar el día 10/11/05, quedando visto para sentencia.

TERCERO

En la tramitación del recurso se han observado las prescripciones legales.

Visto, siendo ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. JOAQUIN DELGADO BAENA quien expresa el parecer del Tribunal.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Por la representación procesal de la entidad Nationale Nederlanden Vida, Compañía de Seguros y Reaseguros S.A.E., que comparece en calidad de apelante, se alega en primer lugar que respecto de las prestaciones garantizadas por la póliza Plan Abierto de Jubilación, para el caso concreto de fallecimiento del asegurado, mediante las condiciones particulares se garantizaban las prestaciones descritas, previo pago de las primas, estableciéndose también las consecuencias de impago de las mismas, y respecto de la póliza nº NUM000 Plan Previsión Familiar, no puede imputarse a la cía recurrente la causa de devolución de recibo alguno, por lo que, si ocurrido un evento, no han sido pagados los recibos, no hay cobertura alguna salvo las relativas a la prestación liquidada por el concepto de reducida liberada para el caso de fallecimiento del asegurado. En segundo lugar, se alega error en la valoración de la prueba respecto de la póliza denominada Plan de Previsión Familiar, ya que el siniestro se produjo como consecuencia de padecimientos preexistentes. Por todo lo expuesto solicita que se revoque la sentencia recurrida y se dicte otra nueva absolviendo a la entidad aseguradora e imponiendo las costas procesales originadas en primera instancia a la parte actora.

Por la representación procesal de Dª. Montserrat, se presentó escrito de oposición al recurso planteado, impugnando las alegaciones realizadas de contrario y solicitando la confirmación de la...

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