SAP Madrid 113/2007, 6 de Marzo de 2007
Ponente | GUILLERMO RIPOLL OLAZABAL |
ECLI | ES:APM:2007:3364 |
Número de Recurso | 374/2003 |
Número de Resolución | 113/2007 |
Fecha de Resolución | 6 de Marzo de 2007 |
Emisor | Audiencia Provincial - Madrid, Sección 21ª |
AUD. PROVINCIAL SECCIÓN N. 21
MADRID
SENTENCIA: 00113/2007
AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID
SECCIÓN 21
1280A
Tfno.: C/ FERRAZ, 41 Fax: 913971838-39-41-42
-
N.I.G. 28000 1 7005661 /2003
Rollo: RECURSO DE APELACIÓN 374 /2003
Proc. Origen: MENOR CUANTIA 75 /1993
Órgano Procedencia: JDO. 1A.INST.E INSTRUCCIÓN N. 3 de MAJADAHONDA
Ponente:ILMO. SR. D. GUILLERMO RIPOLL OLAZABAL
AP
De: COMUNIDAD PROPIETARIOS URBANIZACIÓN000
Procurador: MARIA PARDILLO LANDETA
Contra: Juan Carlos, Donato, Ramón PROMOTORA VIN, S.A
Procurador: JOSE PEDRO VILA RODRIGUEZ, SIN PROFESIONAL ASIGNADO, MARIA EUGENIA
FERNANDEZ-RICO FERNANDEZ, SIN PROFESIONAL ASIGNADO
SENTENCIA
MAGISTRADOS Ilmos Sres.:
D. GUILLERMO RIPOLL OLAZABAL
D. RAMÓN BELO GONZÁLEZ
Dª. Mª ALMUDENA CANOVAS DEL CASTILLO PASCUAL
En Madrid a seis de marzo de dos mil siete. La Sección Vigesimoprimera de la Audiencia Provincial
de Madrid, compuesta por los Señores Magistrados expresados al margen, ha visto en grado de apelación los autos de juicio de menor cuantía nº 75/93, procedentes del Juzgado de 1ª Instancia nº3 de Majadahonda, seguidos entre partes, de una, como apelante-demandante Comunidad de Propietarios de la URBANIZACIÓN000, y de otra, como apelados- demandados Promotora Vin, S.A., D. Juan Carlos, D. Donato y D. Ramón.
VISTO, siendo Magistrado Ponente El ILMO. SR. D. GUILLERMO RIPOLL OLAZABAL.
La Sala acepta y da por reproducidos los antecedentes de hecho de la resolución recurrida.
Por el Juzgado de 1º Instancia nº 3 de Majadahonda, en fecha 7 de enero de 2000, se dictó sentencia, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: FALLO: " Que debo estimar y estimo íntegramente la demanda interpuesta por el Procurador Sr. Chipirrás Sánchez en nombre y representación de la entidad "Comunidad de Propietarios de la URBANIZACIÓN000 " y, en su virtud, debo condenar y condeno a la entidad "Promotora Vin, S.A." a pagar solidariamente a la actora la cantidad de dos millones doscientas treinta mil doscientas sesenta y cinco pesetas (2.230.265 pesetas), al pago de los intereses legales desde la fecha de interposición de la demanda y de las costas procesales ocasionadas en la tramitación de este procedimiento.
Que debo desestimar y desestimo íntegramente la demanda interpuesta por el Procurador Sr. Chipirrás Sánchez en nombre y representación de la entidad "Comunidad de Propietarios de la URBANIZACIÓN000 " contra D. Juan Carlos, D. Donato y D. Ramón, por lo que debo absolverlos de los pedimentos deducidos contra ellos, imponiendo a la entidad actora las costas procesales ocasionadas a éstos".
Contra la anterior resolución se interpuso recurso de apelación por la parte demandante, del que se dio traslado a la parte apelada, quien se opuso en tiempo y forma. Elevándose los autos junto con oficio ante esta Sección, para resolver el recurso, en el que se ha admitido la practica de prueba.
La vista pública celebrada el día 27 de febrero de 2007, tuvo lugar con la asistencia e informe de los Letrados de las partes.
En la tramitación del presente procedimiento han sido observadas en ambas instancias las prescripciones legales.
Se aceptan los fundamentos jurídicos de la sentencia apelada.
La demandada Promotora Vin S.A. fue la entidad promotora de la construcción de unas viviendas que componen la URBANIZACIÓN000 de la localidad de Las Rozas (Madrid), sita en la CALLE000 números NUM000, NUM001, NUM002 y NUM003, y acogidas al régimen legal de viviendas de protección oficial. Las obras de construcción se efectuaron bajo la dirección facultativa de los Arquitectos Superiores D. Juan Carlos y D. Donato y del Arquitecto Técnico D. Ramón.
Para ocultar el tendido de ropa en las terrazas de las cocinas se instaló una celosía de láminas, que se...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba